El estado judicial de Meza, el pedófilo condenado tres veces y que continúa en libertad
El maestro de música Carlos Meza enfrentó 4 juicios y 3 condenas por abuso sexual infantil, pero está libre por las demoras de la Corte Suprema de Justicia.
La causa por los abusos sexuales a niños del Jardín 85 del barrio El Manzanar llenó de bronca a toda la comunidad porque luego de seis años, cuatro juicios y tres condenas, el pedófilo aún no fue apresado y camina libre por las calles de la ciudad. Desde la Justicia indicaron que los procesos no están paralizados, sino que se encuentran en la Corte Suprema de Justicia y que se debe esperar lo que resuelva el máximo tribunal. Además, aún resta realizar el nuevo juicio que quedó anulado en 2019 por orden del Tribunal de Impugnación de Río Negro.
Desde el 2014 cuando salió a la luz el primer caso por abuso sexual contra el maestro de música Carlos Meza, se recepcionaron 36 denuncias de las cuales sólo 10 llegaron a juicio en cuatro procesos judiciales. En todos, el maestro fue encontrado culpable del delito de abuso sexual simple agravado por su condición de encargado de la educación de la víctima y sólo en uno el Tribunal de Impugnación resolvió anular la sentencia y ordenó hacer un nuevo juicio.
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La pena más dura en contra del maestro fue en 2018 dictada por la ex Cámara Primera de Cipolletti, que estableció un castigo de cinco años de prisión e inhabilitación especial por el término de diez años para ejercer cualquier cargo docente.
En los juicios restantes Meza fue condenado a tres años de prisión en suspenso.
Como ninguna de las sentencias quedaron firmes por los reiterados reclamos de sus defensores, Meza aún goza del principio de inocencia, está en libertad y sólo debe cumplir con las pautas de conductas indicadas por el tribunal entre las que se encuentra la prohibición de acercamiento a las víctimas y sus familias, y presentarse a firmar cada dos semanas en una unidad policial de Allen donde fijó domicilio luego de los incidentes en su casa del barrio cipoleño Santo Domingo donde vivía.
“Tres de las cuatro causas que se realizaron en Cipolletti se encuentran actualmente en la Corte Suprema esperando una resolución. Desde el Poder Judicial de Río Negro se realizó todo el proceso en tiempo y forma, y ahora resta esperar la decisión de los miembros del máximo tribunal. Las causas allí pueden morar hasta tres y cuatro años”, indicaron fuentes allegadas a la causa.
Se conoció que Meza se encuentra cumpliendo con las pautas de conductas ordenadas por el tribunal cipoleño y que la última presentación en la comisaría de Allen fue fechada el 3 de febrero pasado. Además, se descartó que haya cambiado su domicilio y vuelto a su casa del barrio San Domingo y que no tiene coartada su libertad ambulatoria: es decir, no tiene prohibido el ingreso a Cipolletti, sí acercarse a cualquiera de las víctimas o familias.
Cualquier familiar que advierta la violación de la restricción de acercamiento debe denunciar de inmediato en Fiscalía. Serán los representantes del Ministerio Público Fiscal quienes deban evaluar si corresponde entonces un pedido de prisión preventiva por incumplimiento de una orden judicial.
Ordenan repetir un juicio
En diciembre pasado se conoció la resolución del Tribunal de Impugnación de Río Negro quien decidió dejar sin efecto la última sentencia contra Meza, quien había sido condenado por los jueces cipoleños a tres años de prisión en suspenso por abuso sexual. Sin embargo, el maestro ya acumulaba tres sentencias anteriores por los mismos delitos, con penas de prisión efectiva por los delitos de abuso sexual agravado por ser el encargado de la educación.
Los jueces Adrián Fernando Zimmermann, Carlos Mohamed Mussi y Miguel Ángel Cardella con asiento en Viedma, se mostraron de acuerdo con parte de los argumentos expuestos por la defensa de Meza y enfatizaron: “Se tuvieron por acreditados hechos sin haberse expuesto los fundamentos necesarios, pues se siguen inferencias, deducciones y conclusiones que desatienden el principio lógico de razón suficiente, lo que afecta la decisión final”.
“Tenemos así una baja fiabilidad probatoria del ‘hecho indiciario’ develamiento, pues no se logró con certeza ni mediante prueba directa”, agregaron. Con esto fundamentaron que la Cámara Gesell no había arrojado pruebas incriminantes.
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