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Cuota alimentaria récord: la Justicia fijó un pago millonario basado en la canasta de crianza

La jueza tomó como referencia el costo real de criar a un hijo en la Argentina actual y remarcó la responsabilidad del progenitor, con un fallo que marca un fuerte precedente.

Un fallo del Juzgado Multifueros de El Bolsón estableció una cuota alimentaria equivalente a 2,5 canastas de crianza, además del pago de asignaciones familiares y escolares, tomando como eje el costo real de criar a un niño en la Argentina actual y el impacto económico que ese proceso tiene en la Patagonia.

La resolución se dictó en el marco de una demanda iniciada por la madre de un niño de 12 años, quien acreditó el vínculo filial y cumplió con la instancia de mediación previa. El progenitor no conviviente, pese a estar debidamente notificado, se presentó fuera de término y no respondió la demanda, por lo que el tribunal dio por acreditados los hechos expuestos por la mujer.

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El monto de la cuota alimentaria

En su fallo, la jueza recordó que el Código Civil y Comercial establece que ambos progenitores tienen la obligación de alimentar, cuidar y educar a sus hijos, más allá de quién ejerza el cuidado personal. En ese sentido, remarcó que la cuota alimentaria no se limita a la comida, sino que incluye educación, vivienda, salud, esparcimiento y todos los gastos necesarios para garantizar un desarrollo integral.

Uno de los puntos centrales de la sentencia fue el reconocimiento del valor económico del cuidado cotidiano. El juzgado destacó que la madre asumió de manera exclusiva el cuidado personal del niño, lo que representa un aporte concreto y mensurable a su manutención. Ese tiempo de cuidado, subrayó la magistrada, debe ser contemplado al momento de fijar la cuota.

Para establecer el monto, el tribunal tomó como referencia la canasta de crianza del Indec, un indicador oficial que refleja el costo mensual de criar a un hijo según su edad. En la actualidad, para niños de entre 6 y 12 años, ese valor ronda los 586 mil pesos, por lo que una cuota de 2,5 canastas supera el millón y medio de pesos mensuales.

El fallo también fue contundente al señalar que el alimentante no puede excusarse en la falta de ingresos, el desempleo o la existencia de nuevas cargas familiares. La obligación alimentaria, sostuvo la jueza, exige realizar todos los esfuerzos necesarios para su cumplimiento y está regida por el principio del interés superior del niño, de jerarquía constitucional.

Además, la sentencia ordenó que la cuota se descuente de manera directa de los ingresos del progenitor, incluido el sueldo anual complementario, y que el pago rija desde la fecha de la mediación. La obligación se mantendrá hasta que el hijo cumpla 21 años, salvo que exista una modificación judicial posterior.

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