Por voluntad propia, un niño de 8 años llevará solo el apellido de su mamá
Sin vínculo con sus padre biológico ni el que le dio el apellido, un menor cipoleño logró que la Justicia reconozca su deseo de identificarse solo con el apellido de su madre.
Por decisión del Fuero de Familia de Cipolletti, un niño de ocho años podrá llevar únicamente el apellido de su madre, luego de que se hiciera lugar a una solicitud que buscaba adecuar su identidad registral a su historia personal y sus vínculos afectivos reales. La resolución judicial se apoyó en su voluntad explícita de desvincularse del apellido paterno, ya que ni su padre biológico ni quien actuó como padre de crianza en su primer año de vida mantuvieron contacto con él.
La historia que motivó esta decisión comenzó en 2016, cuando su madre quedó embarazada y le comunicó la noticia al padre biológico. El hombre, aludiendo a la inestabilidad de la relación, expresó que no deseaba asumir la paternidad y, tras esa conversación, cortó por completo todo vínculo.
Te puede interesar...
Tiempo después, la mujer inició una nueva relación y esa pareja decidió acompañarla durante el embarazo.
Vivieron juntos y, al momento de registrar al bebé, ambos acordaron que el niño llevara el apellido de ese hombre, quien asumió transitoriamente un rol de padre de crianza.
Sin embargo, esa convivencia duró apenas un año. Al finalizar la relación, el nuevo compañero también se alejó del niño y no volvió a tener contacto.
Así, el chico creció sin ninguna presencia paterna significativa y con un apellido que no representaba ninguno de sus vínculos reales.
Con el paso del tiempo, la incomodidad del niño con su apellido se volvió evidente. Comenzó a expresarlo en su entorno cotidiano y durante las sesiones de terapia, donde manifestó su deseo de llevar el apellido de su madre, única figura estable y presente en su vida. Su voluntad fue clara y persistente: quería que su documentación reflejara la identidad que él mismo reconocía como propia.
El “padre” biológico no se opuso a la solicitud
El progenitor cuyo apellido figuraba en el acta de nacimiento fue notificado del trámite judicial y no se opuso a la solicitud. Por el contrario, prestó conformidad, lo que allanó el camino para la resolución favorable. A esto se sumaron los informes psicológicos que respaldaron la decisión. La psicóloga tratante subrayó que el uso de ese apellido generaba malestar en el niño y afectaba su desarrollo emocional. En la misma línea, el Equipo Técnico Interdisciplinario del Fuero de Familia concluyó que no existía ningún lazo afectivo ni simbólico que justificara la permanencia de ese apellido en su identidad legal.
El fallo, además de atender los informes profesionales, resaltó los principios consagrados por tratados internacionales y por la legislación nacional en materia de niñez e identidad. Recordó que el Código Civil y Comercial de la Nación habilita el cambio de apellido cuando existen “justos motivos”, entre ellos, la afectación de la personalidad.
Por ello, el tribunal cipoleño hizo lugar a la acción presentada por la madre y autorizó la supresión del apellido paterno, incorporando únicamente el materno en el acta de nacimiento. También ordenó que todos los organismos oficiales actualicen los registros para evitar futuros inconvenientes.
Desde ahora, el niño llevará con orgullo el apellido que eligió para contar su verdadera historia. Su decisión, respetada y validada por la Justicia, constituye un reconocimiento fundamental a su derecho a construir una identidad acorde a su realidad emocional y afectiva.
Leé más
La mega Feria de Frutas y Verduras que arriba a Cipolletti: qué precios tiene
Obras por todos lados: el municipio interviene el centro de Cipolletti
Condenan a constructora: deberá devolver una camioneta y pagar más de $26 millones
Noticias relacionadas
Lo más leído
Dejá tu comentario