No pagó la cuota alimentaria y la Justicia emitió un creativo fallo para que cumpla
El hombre argumentó que realiza trabajos esporádicos tipo “changas” y por eso no pudo afrontar el pago. La medida que apuntó a donde más le duele: la independencia.
Una jueza de Familia de Cipolletti emitió un creativo fallo para un padre que no cumplió con el pago de las cuotas alimentarias para su hija menor de edad. La magistrada ordenó la suspensión de la línea telefónica que figure como titular y la prohibición de retirar el carnet de conducir. Las medidas fueron ordenadas como un expediente de Familia y ratificadas por la Cámara de Apelaciones.
El caso surgió cuando un hombre incumplió un convenio alimentario previamente homologado por la Justicia. El progenitor no abonó el pago mensual de cuotas alimentarias destinadas a sustentar económicamente a su hija menor de edad, que vive bajo la guarda de su madre. El progenitor recibió una intimación de pago bajo apercibimiento de adoptar medidas razonables para garantizar el pago de la obligación.
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El padre recibió un primer aviso con una intimación de pago
Esta intimación no obtuvo respuesta, tampoco fue impugnada por parte del progenitor, sin embargo, las cuotas alimentarias continuaron sin ser pagadas y ante la persistencia del incumplimiento, la jueza hizo efectivos los apercibimientos anunciados.
Ante el incumplimiento sostenido de las cuotas alimentarias para garantizar el derecho alimentario de su hija, la magistrada ordenó la prohibición para retirar la licencia de conducir –en su caso, la prohibición de tramitarla o renovarla- y la suspensión de líneas telefónicas fijas o móviles de su titularidad. También dispuso la inscripción del progenitor al Registro Provincial de Deudores Alimentarios.
El hombre argumentó que no tiene trabajo en blanco y se sustenta con "changas"
Ante la ejecución de las medidas anunciadas, el hombre presentó un recurso de revocatoria con apelación en subsidio. El padre de la niña explicó que no tiene un empleo registrado, sino que realiza “changas” esporádicas vinculadas a tareas domiciliarias y que en la actualidad estaba sin trabajo.
Por esta razón, indicó que las medidas adoptadas no eran eficaces para garantizar el pago de los alimentos y que su situación laboral irregular le impedía cumplir mensualmente con la cuota alimentaria.
Además, el hombre destacó que realizó depósitos y transferencias parciales, que desde su perspectiva, demostraban una intención de pago, pese a sus dificultades laborales. Consideró que no fueron valorados de la manera adecuada y solicitó que se dejaran sin efecto las sanciones y que se le concediera un plazo para regularizar las cuotas correspondientes a un período determinado.
La Defensora de Menores se involucró en el fallo
La madre de la niña y demandante de la cuota alimentaria respondió la solicitud y explicó que la cuota alimentaria convenida y homologada por la Justicia continuaba plenamente vigente. Ya que el padre no promovió ningún trámite para modificar los montos de la cuota alimentaria, y hasta que no exista una resolución judicial, la obligación continúa siendo exigible en los términos fijados.
La demandante remarcó que las medidas dispuestas están contempladas en la normativa vigente y está dentro de las facultades del Poder Judicial para asegurar el cumplimiento de las obligaciones alimentarias. La Defensora de Menores adhirió al reclamo.
La Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Familia, de Minería y Contencioso Administrativo de Cipolletti analizó el recurso y señaló que la resolución cuestionada constituyó una consecuencia directa de una intimación anterior que había quedado firme.
La Cámara resolvió que la ejecución de las medidas para prohibir el retiro del carnet de conducir, la imposibilidad de manejar y la suspensión de la línea telefónica a su nombre, son medidas que se ejecutaron a partir de un apercibimiento que no fue cuestionado en su momento, por eso los plazos procesales avanzaron hasta llegar a este creativo fallo para lograr el pago de la cuota alimentaria.
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