Debe más de $7 millones de cuota alimentaria y le embargaron el auto: qué pasó
La Justicia de Río Negro ordenó embargar un auto y abrir una cuenta judicial para cobrar una deuda alimentaria millonaria tras reiterados incumplimientos.
El incumplimiento sostenido de una obligación alimentaria derivó en una medida judicial contundente en Bariloche. Una jueza de Familia ordenó el embargo preventivo de un vehículo y la apertura de una cuenta judicial para garantizar el cobro de una deuda que supera los $7,2 millones, más intereses y costas.
La decisión se tomó luego de verificar que el progenitor demandado no cumplió con una sentencia previa que había fijado las cuotas alimentarias. Ante este escenario, la Justicia avanzó con herramientas previstas por la normativa para asegurar el pago y evitar que la deuda continúe creciendo.
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El caso se originó a partir de la homologación de un acuerdo alimentario, instancia en la que se establecen formalmente los montos y condiciones de pago. Sin embargo, ante la falta de cumplimiento, se avanzó con la liquidación de las cuotas impagas y la posterior intervención de la Unidad Procesal de Familia, que dictó una sentencia monitoria e inició el proceso de ejecución.
Según se detalló en la resolución, el monto reclamado asciende a más de $7,2 millones, a lo que se suma un 45% adicional previsto para cubrir intereses y costas judiciales. En ese contexto, la magistrada ordenó el embargo preventivo de un automóvil Volkswagen CrossFox, modelo 2009, registrado a nombre del deudor.
Además, se fijó un plazo de cinco días para que el demandado pueda cumplir voluntariamente con el pago o presentar las defensas procesales que la ley contempla. En caso de no hacerlo, la ejecución continuará su curso hasta alcanzar el total de la deuda.
Facultades del fuero de Familia
El procedimiento adoptado refleja una de las herramientas centrales con las que cuenta el fuero de Familia: no solo fijar o homologar cuotas alimentarias, sino también ejecutar sus propias sentencias ante situaciones de incumplimiento.
En este tipo de procesos, la normativa vigente habilita a los jueces a dictar sentencias monitorias, un mecanismo ágil que permite avanzar rápidamente cuando la deuda ya está acreditada, y a disponer medidas cautelares como embargos sobre bienes registrables, cuentas bancarias o ingresos del deudor.
El objetivo de estas herramientas no es meramente sancionatorio, sino garantizar el cumplimiento efectivo de la obligación alimentaria, considerada prioritaria por su vínculo directo con la subsistencia y el desarrollo integral de niñas, niños y adolescentes.
Medidas para garantizar el pago
En el ámbito del derecho de familia, el crédito alimentario tiene un tratamiento diferencial. Esto se debe a que está directamente relacionado con derechos fundamentales, por lo que el sistema judicial contempla mecanismos más rápidos y eficaces para su cobro, especialmente cuando existe una deuda ya determinada en un expediente previo.
Entre las medidas que pueden adoptar los magistrados se encuentran la retención directa de haberes, la inhibición general de bienes, la inscripción en registros de deudores alimentarios, restricciones para realizar determinados trámites (como renovar la licencia de conducir o salir del país) y la aplicación de sanciones conminatorias.
En este caso puntual, la decisión de embargar un vehículo apunta a asegurar un bien concreto que permita cubrir, al menos en parte, el monto adeudado. La apertura de una cuenta judicial, en tanto, garantiza la trazabilidad de los fondos y su correcta asignación.
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