El clima en Cipolletti

icon
24° Temp
28% Hum
LMCipolletti justicia

Una madre fue a la Justicia por una cuota alimentaria de 10 mil pesos que además no se abonaba

La Justicia rionegrina intervino ante un nuevo caso de deuda alimentaria por una cuota desactualizada e impaga. ¿Qué se resolvió en el fallo?

Un fallo judicial dictado en El Bolsón marcó un nuevo precedente en materia de responsabilidad parental y actualización de cuotas alimentarias. La Justicia resolvió fijar el monto de la cuota en el equivalente a una canasta y media de crianza del Indec para una niña en edad escolar, luego de constatar años de incumplimiento por parte del progenitor y una suma que había quedado completamente desactualizada.

La decisión se conoció tras la demanda impulsada por la madre, quien se encuentra a cargo de la crianza plena de su hija desde los siete meses. Durante años percibió una cuota de $10.000, acordada en una mediación en diciembre de 2021, que con el paso del tiempo perdió toda capacidad de cubrir necesidades básicas. A partir de mayo de 2023, incluso ese monto dejó de ser abonado.

Te puede interesar...

La niña, que actualmente cursa la escuela primaria, convive exclusivamente con su madre en la localidad. La mujer trabaja en relación de dependencia en una hostería y alquila una vivienda en condiciones precarias, sin acceso a gas natural.

En su presentación judicial, detalló los gastos mensuales que afronta en su totalidad. Incluyó servicios, alimentación, transporte, educación, vestimenta, actividades recreativas y mantenimiento del hogar. También remarcó que el progenitor no solo dejó de cumplir con la obligación alimentaria, sino que tampoco mantuvo participación activa en la vida de la niña.

juzgado-el-bolson.jpg
El progenitor no se presentó a las audiencias, la Justicia lo declaró en rebeldía.

El progenitor no se presentó a las audiencias, la Justicia lo declaró en rebeldía.

Incumplimiento y rebeldía

En septiembre de 2025, la madre intentó actualizar la cuota mediante una nueva instancia de mediación. Sin embargo, el demandado no se presentó. La posterior demanda judicial tampoco fue contestada, por lo que fue declarado en rebeldía.

Durante el proceso se solicitaron informes a distintos organismos oficiales, los cuales indicaron que hasta septiembre de 2025 el progenitor registraba relación laboral formal. Pese a ello, no aportó información sobre su situación económica ni justificó el incumplimiento de sus obligaciones.

El juzgado remarcó este punto al momento de analizar el caso, al señalar que es el alimentante quien se encuentra en mejores condiciones de acreditar sus ingresos y posibilidades económicas. La falta de participación en el proceso fue un elemento clave en la resolución.

cuota alimentaria
El fallo establece el pago de las responsabilidad económica hasta los 21 años.

El fallo establece el pago de las responsabilidad económica hasta los 21 años.

El criterio de la canasta de crianza

Para determinar el nuevo monto, la Justicia tomó como referencia la canasta de crianza elaborada por el Indec, un indicador que contempla no solo los bienes y servicios necesarios para el desarrollo de niños, niñas y adolescentes, sino también el tiempo destinado a las tareas de cuidado.

A datos de enero 2026, la canasta para niños de entre 6 a 12 años se ubica en $607.848 según los datos del organismo nacional.

La madre había solicitado que la cuota se fijara en el equivalente a una canasta y media, argumentando que asume de manera exclusiva el cuidado personal de su hija. El juzgado hizo lugar a ese planteo y destacó especialmente el valor económico de las tareas de cuidado, muchas veces invisibilizadas.

En ese sentido, el fallo subrayó que estas tareas deben ser reconocidas al momento de distribuir las cargas entre progenitores. La ausencia total de aportes por parte del padre y el rol exclusivo de la madre fueron determinantes para establecer el nuevo criterio.

canasta de crianza enero 2026 INDEC

Un monto actualizado y con proyección

La resolución fija que la cuota alimentaria deberá abonarse entre el 1 y el 10 de cada mes, y establece que el nuevo monto regirá desde el inicio de la demanda. Además, se determinó que la obligación se extenderá hasta que la hija cumpla 21 años, salvo que en el futuro se promueva una modificación en función de nuevas circunstancias.

El fallo también recuerda que las cuotas alimentarias no son estáticas y pueden ser revisadas cuando cambian las necesidades del hijo o las posibilidades del progenitor. En este caso, la pérdida de poder adquisitivo del monto original y el incumplimiento sostenido fueron factores centrales para su actualización.

La decisión judicial se inscribe en un contexto económico donde la inflación impacta de lleno en los costos de crianza. La utilización de la canasta del Indec como parámetro busca dotar de mayor objetividad y actualización a las cuotas alimentarias, evitando que queden rápidamente desfasadas.

Además, refuerza una línea jurisprudencial que pone el foco en la corresponsabilidad parental y en el reconocimiento del trabajo de cuidado como un componente esencial, con valor económico propio.

Leé más

Noticias relacionadas