Retiraban insumos sin pagar, ahora deberán afrontar un pagaré de más de 200 mil dólares
Una sociedad dedicada a actividades rurales, compraban insumos en Cipolletti y Roca sin cancelar y ahora enfrentan una ejecución judicial millonaria.
Una sociedad de hecho dedicada a actividades rurales en la región mantenía una dinámica comercial habitual con un proveedor de insumos agropecuarios con operaciones en Cipolletti y General Roca. La firma retiraba semillas, fertilizantes, herbicidas y otros productos en cuenta corriente, y cancelaba la deuda una vez concluida la cosecha.
Este esquema, común en el sector agropecuario, funcionó durante años sin mayores inconvenientes. Sin embargo, la acumulación de saldos impagos terminó derivando en un proceso judicial.
Te puede interesar...
La reestructuración del proveedor y la continuidad de las deudas
En determinado momento, el proveedor modificó su estructura societaria a través de la incorporación de una nueva participación comercial. Como consecuencia de ese cambio, varias cuentas corrientes de clientes de la zona comenzaron a administrarse bajo la nueva firma.
La sociedad rural continuó operando con normalidad: siguió retirando insumos y su deuda siguió creciendo. Una pericia contable posterior confirmaría que la cuenta corriente se encontraba activa y registraba un saldo deudor de consideración. El conflicto se desencadenó cuando esa deuda dejó de ser cancelada y el proveedor decidió acudir a la Justicia.
El proveedor presentó ante el fuero Civil de Roca el pagaré correspondiente y promovió una ejecución directa contra la sociedad de hecho. El juzgado dictó sentencia monitoria y ordenó continuar con el proceso. Ante ello, el deudor se presentó en el expediente para resistir la ejecución.
Sus argumentos fueron varios. Sostuvo que no tenía vínculo directo con la deuda, que nunca había intervenido en la confección del pagaré y que el documento había sido firmado en blanco más de quince años antes como garantía de operaciones comerciales previas. Alegó también que el pagaré había sido completado de manera indebida y que la obligación se encontraba prescripta.
Además, intentó encuadrar el caso dentro de una relación de consumo para cuestionar la validez formal del título y obtener protecciones adicionales bajo la Ley 24.240.
El rechazo de los argumentos defensivos
La empresa proveedora rebatió cada uno de esos planteos. Indicó que el proceso ejecutivo, por su propia naturaleza, no habilita la discusión sobre el origen de la deuda. También recordó que, conforme a la normativa societaria vigente, cualquiera de los socios puede obligar a la sociedad mediante la firma de un pagaré.
La Cámara de Apelaciones ordenó abrir el expediente a prueba luego de que inicialmente se rechazaran algunas defensas sin producción probatoria. A partir de entonces, se incorporaron informes, documentación comercial y pericias contables al expediente.
Lo que la prueba dejó en claro
Las pruebas producidas durante el proceso resultaron determinantes para la resolución del caso. El juzgado comprobó que la sociedad de hecho efectivamente existía y se encontraba registrada ante ARCA (ex AFIP). También quedó acreditado que había mantenido relaciones comerciales activas con los proveedores, y que la cuenta corriente seguía vigente con un saldo deudor significativo.
La pericia contable confirmó tanto la deuda como la vinculación entre las firmas, incluyendo la participación accionaria en la empresa. El juez interpretó que esa relación explicaba la continuidad de las operaciones comerciales entre las partes a lo largo del tiempo.
La sentencia
Al analizar las defensas planteadas, el magistrado concluyó que el pagaré cumplía con todos los requisitos legales exigidos y que del propio texto del documento surgía que había sido suscripto en representación de la sociedad de hecho.
Rechazó de plano el planteo de relación de consumo. Argumentó que las operaciones involucradas estaban directamente vinculadas con actividades comerciales y agroquímicas desarrolladas por la sociedad demandada, por lo que no resultaba aplicable la protección establecida por la Ley 24.240.
Con ese fundamento, el fuero Civil de Roca rechazó todas las excepciones interpuestas y confirmó la ejecución del pagaré por más de 200 mil dólares, más los intereses correspondientes. La resolución marca un antecedente relevante para el sector agropecuario regional, donde la operatoria en cuenta corriente es práctica habitual y los instrumentos de garantía como el pagaré tienen amplia circulación.
Leé más
Video: así fue el intento de robo de dos cajas fuertes en la fábrica de hielo
El "stop debit" de su tarjeta de crédito falló y le arruinaron el mes: qué resolvió la Justicia
Multa millonaria de Río Negro a Flybondi por cancelación de vuelos
-
TAGS
- pagaré
- justicia
- General Roca
Noticias relacionadas
Lo más leído
















