Rechazaron una millonaria demanda de municipales despedidos en Cipolletti
La Cámara del Trabajo desestimó el reclamo por $72 millones de tres ex empleados municipales que fueron desvinculados del Municipio.
La Cámara del Trabajo de Cipolletti rechazó la demanda presentada por tres ex empleados municipales que solicitaban indemnizaciones por despido sin causa y una compensación por daño moral. El reclamo económico total que exigían a la comuna ascendía a $72.391.251,28.
El caso se originó a partir de una denuncia formulada por el Consejo de Seguridad Ciudadana, luego de que vecinos registraran en imágenes a los trabajadores mientras descargaban materiales ferrosos y no ferrosos en una chacarita. Un informe de seguimiento del vehículo oficial, perteneciente al área de Servicios Públicos, confirmó que la unidad permaneció detenida cerca del mediodía en el establecimiento comercial.
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El argumento de los trabajadores y la postura municipal
Durante el sumario administrativo, los agentes reconocieron haber vendido chatarra junta durante tareas de limpieza en las inmediaciones de la Ruta Nacional 22, especificando que se trataba de alambres de cubiertas quemadas y un caño de hierro que quedaron tras una protesta. Además, sostuvieron que era una práctica habitual conocida por sus superiores y cuestionaron la severidad de la sanción de cesantía.
Los empleados plantearon que la venta de cable robado era una "falsa acusación" del Municipio. Esa situación les está generando un enorme daño a ellos y sus familias. "No huno acusación penal. Hay que limpiar sus nombres", se planteó en la demanda contra el gobierno de Cipolletti.
Por su parte, la Municipalidad de Cipolletti remarcó que la medida expulsiva no se aplicó por un eventual delito, sino por severas infracciones al estatuto municipal. La comuna argumentó que los agentes utilizaron un camión del Estado, su indumentaria de trabajo y las horas de su jornada laboral para concretar un negocio particular en beneficio propio.
La resolución sobre el daño moral y las indemnizaciones
En cuanto al reclamo por daño moral, los demandantes cuestionaron una publicación en la página oficial del Municipio titulada con la frase "robo de cables", al considerar que los presentaba socialmente como ladrones. Sin embargo, el tribunal desestimó el planteo al verificar que el texto no incluía nombres propios ni se demostraron secuelas concretas en su honor o vida social, señalando que “la mera posibilidad de identificación no resulta equivalente a la acreditación del daño cuya reparación se persigue”.
Respecto de las pretensiones indemnizatorias por desvinculación, los jueces determinaron que no correspondía otorgarlas dado que los demandantes no solicitaron en tiempo y forma la nulidad del acto administrativo de cesantía. El planteo de nulidad incorporado recién en la etapa de alegatos fue calificado como tardío por el tribunal.
El fallo dictado por la Cámara del Trabajo de Cipolletti resolvió únicamente el litigio en el ámbito laboral y civil, sin expedirse sobre responsabilidades penales. La decisión judicial dictada en instancia de origen no se encuentra firme, por lo que puede ser recurrida ante el Superior Tribunal de Justicia mediante los recursos extraordinarios vigentes en el marco procesal.
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