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Archivan denuncia de grupos provida contra dos médicas de Oro

Se desempeñan en el hospital de Fernández Oro y las acusaban de enviar a joven violada y embarazada a un centro clandestino.

La fiscalía cipoleña archivó la denuncia que radicaron grupos provida contra dos profesionales del hospital de Fernández Oro, a quienes acusaban de haber derivado a una mujer a un centro clandestino, no habilitado por el Ministerio de Salud.

La nota que presentaron no ofrecía mayores precisiones. Se sobreentiende que se referían a la joven violada a la que se le negó la práctica de un aborto no punible en el hospital de Cipolletti y por la que el médico ginecólogo Leandro Rodríguez Lastra fue declarado culpable por incumplimiento de sus deberes de funcionario público.

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Según explicaron desde el Ministerio Público, la nota no denunciaba nada en concreto. Ni siquiera la presentación que realizaron cumplía con las formas de una denuncia. Pero no fue solo por eso que la Justicia desechó el planteo que formulaban referentes de los pañuelos celestes que firmaron el escrito, entre ellos, algunos integrantes de iglesias evangélicas.

Fuentes del Ministerio Público Fiscal explicaron que no se advirtió la existencia de un delito de acción pública que se pueda investigar. Se indicó que, más allá de que la presentación no revestía los términos de una denuncia formal, se analizaron todos los audios del juicio contra Rodríguez Lastra y se llegó a la misma conclusión: no hay delito.

“Se analizó, por ejemplo, si hubo incumplimiento de los deberes de funcionario público, pero no hay ley que sancione la supuesta derivación que hicieron las profesionales para que reciba asesoramiento y contención en un centro no médico”, indicaron las fuentes.

Puntualmente, el fiscal del caso, Matías Stiep, repasó todas las declaraciones en juicio que realizaron las dos profesionales denunciadas, una médica de guardia y una psicóloga del hospital de Oro que atendieron a la joven víctima de violación. “No hay delito que perseguir”, ratificaron las fuentes.

Resulta que ellas fueron testigos clave para la condena de Rodríguez Lastra, ya que entre otras menciones expusieron que el ginecólogo del hospital cipoleño no aceptó la derivación para la realización del aborto no punible y les exigió la realización de un informe psiquiátrico que el centro asistencial de Oro no tenía forma de realizar y que no está contemplado en la ley que regula el protocolo de acción en Salud para los casos de abortos a víctimas de violación.

El reclamo de una derivación

  • La joven violada que fue atendida en último término en Cipolletti primero recibió la atención médica en el hospital de Fernández Oro.
  • Ante la situación delicada de salud de la joven, las médicas que la recibieron se contactaron con el hospital de Cipolletti para su derivación.
  • En el juicio contra el ginecólogo Leandro Rodríguez Lastra, las profesionales de Oro revelaron que el médico les respondió en forma negativa al pedido de la derivación.

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