Ratifican castigo a dos hermanos femicidas
El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro se pronunció en forma negativa al pedido de dos cipoleños que cumplen condenas efectivas de prisión de 16 y 18 años por un homicidio cometido en las 200 Viviendas de esta ciudad.
Los hermanos Franco y Julio Cifuentes Caro pretendían una revisión de la sentencia impuesta por la Cámara en lo Criminal Segunda y, tras el rechazo de un recurso por parte del STJ, querían elevar una presentación a la Corte Suprema. Sin embargo, fue denegada.
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El 17 de febrero de este año ya se había declarado mal concedido el recurso de casación interpuesto por la defensa y en ese mismo fallo confirmó la sentencia, que había condenado a Franco Sebastián Cifuentes Caro a 18 años de prisión como autor del delito de “homicidio simple agravado por arma de fuego en concurso ideal con portación de arma sin autorización y en concurso real con el delito de violación de domicilio” y a Julio Hernán Cifuentes Caro a 16 años de prisión como autor de “violación de domicilio en concurso real con homicidio simple agravado por el uso de arma de fuego a título de partícipe necesario”.
La defensa alegó violación del principio constitucional que dispone que la función principal de la pena de prisión es la resocialización. Consideró que existían atenuantes de peso que necesariamente imponen aplicar una sanción más cercana al mínimo que al máximo legal.
El hecho que se juzgó en Cipolletti ocurrió el 16 de enero de 2014 y la víctima, que se llamaba Blanca Rosas y tenía 42 años, falleció tres días después como consecuencia de las lesiones que le provocó el disparo en la cabeza, efectuado con un arma de fabricación artesanal.
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