La difusión de fotos íntimas de una chica desató un fuerte conflicto entre menores de edad
El incidente ocurrió en una localidad del Valle Medio rionegrino. Hubo una denuncia que recayó en la Justicia de Paz y la derivaron al fuero de Familia.
Un conflicto por la difusión de fotos íntimas de una adolescente explotó en una localidad del Valle Medio rionegrino. Los hechos fueron denunciados por una persona mayor en representación de la víctima, y apuntó como presuntas responsables a dos chicas menores de edad por la “vulneración a los derechos a la dignidad, integridad e identidad”.
A raíz de la presentación, efectuada el último 25 de agosto, se iniciaron actuaciones por una falta contravencional, al considerarse que “no existe una cuestión de género por ser una cuestión que involucra a adolescentes mujeres todas menores de edad”. Por ese motivo el expediente fue elevado al Juzgado de Paz de Luis Beltrán, donde ocurrió el problema.
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Tras analizar el caso, el juez Suplente Germán Zavala resolvió dar por concluida la acción contravencional junto con su intervención en el pleito y proceder al archivo de la causa.
Las involucradas son menores
La medida la fundamentó en la edad de las involucradas, un aspecto contemplado en el Artículo 6 del Código Contravencional, que establece como línea de término los 18 años de edad, y que “Cuando la persona autora de la presunta infracción contare con una edad menor a la indicada precedentemente, la autoridad interviniente debe remitir los antecedentes al Juzgado con competencia en derecho de familia”.
Siguiendo este lineamiento, el magistrado dispuso remitir el caso a la Unidad Procesal de ese fuero con asiento en Luis Beltrán, para que defina si le corresponde darle continuidad en el marco de sus competencias.
El documento judicial conocido recientemente no brinda mayores precisiones acerca de la publicación del material que provocó el conflicto entre las jovencitas y el posible contexto de fondo.
Por el contrario, ordenó desarrollar la tramitación “con la debida reserva, preservando la identidad, intimidad y confidencialidad de las adolescentes involucradas, evitando toda difusión de datos que permitan su identificación, de conformidad con la normativa vigente en materia de protección integral de derechos de niños, niñas y adolescentes”.
La amenaza de un ex que derivó en la intevención judicial
La publicación de imágenes con contenido íntimo sin el consentimiento de la persona que en ellas aparece es una falta legal que comenzó a repetirse a partir del uso masivo de nuevos dispositivos electrónicos como, los teléfonos con cámara entre otras herramientas. Hay numerosos antecedentes en la Justicia rionegrina por demandas que ingresaron por ese tipo de transgresiones. En enero de 2024 una vecina de Fernández Oro denunció que su expareja la amenazó con difundir material privado y por haberla sometido a situaciones de violencia “emocional y psicológica”, según aseguró.
La presentación fue realizada a mediados de diciembre del año pasado y, como consecuencia, el Juzgado de Paz local dictó una resolución que le advierte a DDLCSG (así lo identificaron al acusado) que debe cesar el hostigamiento o sería sancionado.
Entre las pautas de comportamiento que le impuso, no el hombre no debía acercarse a menos de 500 metros de la casa de la mujer. Pero también le prohibió “la difusión no consentida de imágenes o videos íntimos” en redes sociales, mensajería instantánea y cualquier otro medio social donde se comparta información “que afecten la intimidad , imagen y honor” de la denunciante.
La medida incluía la prohibición de agredirla, molestarla u hostigarla a través de llamadas telefónicas o mensajes de texto agraviantes o amenazantes ni por redes sociales como Facebook o Whatsapp.
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