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Pagó tres veces el mismo crédito y aún lo perseguían por deudas

La Justicia de Río Negro condenó a un banco y dos empresas de cobranzas por acosar a un cliente que saldó tres veces el mismo crédito.

El fuero Civil de Choele Choel dictó un fallo contra el Banco Santander, Creditia S.A. y Gestión Legal S.A. al condenarlas de manera solidaria a indemnizar a los herederos de un usuario. El damnificado había cancelado un préstamo personal en tres oportunidades, pero continuó siendo blanco de intensos reclamos y amenazas de embargo.

La historia comenzó cuando el hombre obtuvo un crédito mientras trabajaba como empleado ferroviario. Tras quedar desempleado, utilizó parte de su indemnización para cancelar la deuda en forma anticipada. En ese momento, la entidad bancaria le entregó un ticket con la leyenda de "cancelación anticipada total".

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Pagar tres veces para evitar el remate

Pese a haber saldado la deuda, nueve años después iniciaron los reclamos. Primero intervino un estudio jurídico y semanas más tarde la administradora de fideicomisos Creditia. Ante la advertencia sobre posibles embargos y remates de sus bienes, el cliente aceptó pagar por segunda vez mediante un plan de cuotas. Sin embargo, al finalizar no le entregaron el libre deuda.

Tiempo después, la empresa Gestión Legal volvió a exigir el cobro en representación del banco. Con la promesa de que esta vez obtendría la certificación correspondiente, el hombre abonó por tercera vez. Las intimaciones tampoco cesaron: siguieron las llamadas por líneas rotativas, mensajes de texto y correos electrónicos. La abogada del afectado llegó a recibir 31 mails vinculados a la supuesta deuda.

Afectación personal y demanda judicial

Ante el hostigamiento, el hombre inició una demanda de daños y perjuicios bajo la Ley de Defensa del Consumidor, reclamando daño moral y daño punitivo. Durante la tramitación del expediente el demandante falleció, por lo que sus herederos continuaron el proceso.

En el juicio, tres testigos describieron el impacto del acoso en la salud del afectado. Relataron que vivía alterado, sufría insomnio y sentía temor constante de perder su casa. Uno de ellos recordó que debió adelantarle dinero de una obra para ayudarlo a afrontar las exigencias económicas que lo estaban "volviendo loco".

El encuadre legal y la resolución

Durante el proceso, las empresas intentaron desmarcarse. Creditia negó la relación contractual y cuestionó la imputación de los pagos, mientras que el Banco Santander argumentó que el comprobante no correspondía al préstamo y que la deuda figuraba impaga al momento de ser cedida. Por su parte, Gestión Legal no se presentó al expediente. La jueza desestimó los planteos empresarios por falta de respaldo probatorio.

La magistrada dio por acreditada la cancelación anticipada original, los dos pagos posteriores y la intensidad de las intimaciones mediante capturas de pantalla de correos y llamadas. Aplicando el principio de las cargas probatorias dinámicas, el deber de información y la obligación de trato digno, la Justicia resolvió condenar solidariamente a las tres firmas.

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