Los puentes interprovinciales vuelven a fase 1: podrán cruzar sólo los esenciales
Así fue dispuesto este miércoles en forma conjunta por los Gobiernos de Neuquén y Río Negro, ante una sucesión de contagios de coronavirus. Alcanza a los cruces en Ruta 22, tercer puente, dique Ballester y Las Perlas.
Los gobiernos provinciales de Neuquén y Río Negro resolvieron, en forma conjunta, retornar a la fase uno, en relación a los pasos interprovinciales ante una sucesión de contagios de coronavirus que repercutieron en Cipolletti y neuquén Capital.
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La restricción, que tendrá vigencia entre las 00 horas del viernes 29 de mayo de 2020 y el día viernes 5 de junio de 2020, inclusive, alcanza al puente carretero Cipolletti-Neuquén; el tercer puente Cipolletti-Neuquén, el puente Cinco Saltos-Centenario, el Dique Interprovincial Ingeniero Ballester, el puente Balsa Las Perlas-Neuquén y el puente Dina Huapi- Provincia del Neuquén, sobre Ruta Nacional 40.
El decreto, firmado hoy por la gobernadora Arabela Carreras, tiene el mismo tenor de una medida similar dispuesta por el gobernador de Neuquén, Omar Gutiérrez. La medida fue consensuada entre ambos mandatarios a fin de reforzar la prevención de contagios de COVID-19. Se trata de una restricción recíproca y temporal al tránsito de personas y vehículos para aquellos que circulan a través de todos los puentes que une a ambas provincias.
El anuncio también lo hizo el gobernador neuquino Omar Gutiérrez por sus redes sociales, indicando que "conforme a la actual situación epidemiológica, de forma recíproca y consensuada con las autoridades de Río Negro, se restringirá temporalmente la circulación entre ambas provincias a través de los accesos carreteros y peatonales interprovinciales habilitado".
De esta manera sólo el personal esencial (seguridad, salud, medios de comunicación, entre otros) podrán cruzar a partir de este jueves por los puentes de la Ruta Nacional 22, el tercer puente, el dique Ballester y balsa Las Perlas. También incluye el paso Dina Huapi, sobre Ruta Nacional 40.
La medida fue consensuada entre ambos mandatarios a fin de reforzar la prevención de contagios de COVID-19. Se trata de una restricción recíproca y temporal al tránsito de personas y vehículos para aquellos que circulan a través de todos los puentes que une a ambas provincias.
En la jornada del martes se registraron siete nuevos casos de coronavirus, todos relacionados a un hombre de 30 años, que presta servicios en la Policía rionegrina. El uniformado, como otros tres cipoleños hasta el momento, se contagiaron en la subcomisaría de Las Perlas, siendo el contacto cero de éstos un comisario, que está domiciliado en Roca.
Los siete positivos confirmados en Neuquén el martes por la tarde superaron los contagios registrados en los 26 días anteriores, ya que desde el 29 de abril al 25 de mayo sólo se habían detectado seis. También se sumaron m´s casos en Cipolletti.
Quiénes son considerados esenciales
- Personal de Salud, Fuerzas de seguridad, Fuerzas Armadas, actividad migratoria, servicio meteorológico nacional, bomberos y control de tráfico aéreo.
- Autoridades superiores de Gobierno.
- Personal de los servicios de justicia de turno.
- Personal diplomático y consular extranjero.
- Personas que deban asistir a otras con discapacidad; familiares que necesiten asistencia; a personas mayores; a niños, a niñas y a adolescentes.
- Personas que deban atender una situación de fuerza mayor.
- Personas afectadas a la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones. En tal marco, no se autorizan actividades que signifiquen reunión de personas.
- Personas afectadas a la atención de comedores escolares, comunitarios y merenderos.
- Personal que se desempeña en los servicios de comunicación audiovisuales, radiales y gráficos.
- Personal afectado a obra pública.
- Supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de proximidad. Farmacias. Ferreterías. Veterinarias. Provisión de garrafas.
- Industrias de alimentación, su cadena productiva e insumos; de higiene personal y limpieza; de equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios.
- Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca.
- Actividades de telecomunicaciones, internet fija y móvil y servicios digitales.
- Actividades impostergables vinculadas con el comercio exterior.
- Recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos urbanos, peligrosos y patogénicos.
- Mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones, etc.) y atención de emergencias.
- Transporte público de pasajeros, transporte de mercaderías, petróleo, combustibles y GLP.
- Reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad.
- Servicios de lavandería.
- Servicios postales y de distribución de paquetería.
- Servicios esenciales de vigilancia, limpieza y guardia.
- Guardias mínimas que aseguren la operación y mantenimiento de Yacimientos de Petróleo y Gas, plantas de tratamiento y/o refinación de Petróleo y gas, transporte y distribución de energía eléctrica, combustibles líquidos, petróleo y gas, estaciones expendedoras de combustibles y generadores de energía eléctrica.
- S.E. Casa de Moneda, servicios de cajeros automáticos, transporte de caudales y todas aquellas actividades que el Banco Central de la República Argentina disponga imprescindibles para garantizar el funcionamiento del sistema de pagos.
Las personas afectadas a las actividades y servicios anteriormente enumerados deberán limitar sus desplazamientos al estricto cumplimiento de esas actividades y servicios. Deberán contar indefectiblemente con el Certificado Único Habilitante para Circulación (CUHC) vigente, que acredite su condición frente a la autoridad competente al momento de ser requerido. Podrá ser tramitado en https://www.argentina.gob.ar/circular
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