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Condenan a la Muni de Regina por la caída de un ciclista

Un empleado frutícola cayó de su bici por esquivar una zanja abierta en una calle que estaba en arreglo. Demandó a la comuna y le ganó. Cobrará más $1.4 millones más intereses.

Las obras en la vía pública pueden llegar a generar riesgo para los transeúntes, sobre todo cuando están mal señalizadas o directamente sin alertar. Se han conocido innumerables accidentes con damnificados que han buscado el resguardo judicial, aunque deben esperar una resolución cuando van contra alguna instancia del estado.

Un caso así ocurrió en Villa Regina.

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La jueza Paola Santarelli condenó de esa ciudad a pagarle 1.407.280,22 pesos más intereses a un operario de la fruta que sufrió lesiones al caer de su bicicleta cuando intentó esquivar una zanja sin señalizar que habían abierto para reparar en una calle pavimentada.

El incidente se produjo el 9 de diciembre de 2015, cuando el damnificado salió de trabajar de un galpón de empaque y transitaba por la calle Posada La Magnolia y al querer evitar la excavación la rueda de la bici mordió la banquina y salió despedido, golpeando contra el suelo la cabeza, el hombro izquierdo y la rodilla derecha. Esta última fue la lesión más grave, pues le causó una incapacidad del 11%.

Dos compañeros que circulaban detrás lo ayudaron, y sus testimonios fueron relevantes al momento de dictar el fallo conocido días atrás que aún no está firme y puede ser apelado.

El hombre accidentado fue trasladado al hospital local y luego a la Clínica Central, donde actualmente realiza un tratamiento de recuperación.

Posteriormente presentó una demanda por daños y perjuicios contra la comuna reginense.

Adujo que como consecuencia del accidente padeció de “lesión en rodilla derecha limitación severa en la funcionalidad lesión en brazo izquierdo y contusiones en diversas en su cuerpo”.

La abogada del municipio, María Carolina Cailly, rechazó el reclamo al negar la existencia del pozo y la supuesta caída y cualquier responsabilidad de su defendida.

Entonces se realizó una audiencia para sellar un acuerdo de partes, pero no lo alcanzaron, por lo que se avanzó con el juicio.

Entre las pruebas se presentó una pericia accidentológica que determinó que no hubo intervención policial tras el hecho, como tampoco del Gabinete de Criminalística ni personal de salud u otro personal idóneo que constatase lo ocurrido.

Indicó la profesional que como consecuencia “se desconocen las características que conforman el factor humano, terreno y vehículo” y concluyó que “no es factible detallar el estado en que se encontraba la arteria en cuestión al momento de producirse el hecho que se denuncia”.

No obstante, aclaró que recorrió el camino y, tras describir el entorno, precisó que observó “la presencia de un parche/arreglo, posiblemente debido a una reparación de la calzada”.

Aún así, agregó que “desconoce si la anomalía en la calzada se vincula con el siniestro”, como así también si ese arreglo es anterior o posterior al siniestro.

El ciclista impugnó ese informe, y la peritó lo ratificó, aunque añadió que la anomalía de la calzada coincide con lo manifestado con los dos testigos que ayudaron a la accidentado en primer lugar.

“Guardiana y dueña de la cosa riesgosa”

Para la jueza Santarelli el municipio reginense tuvo responsabilidad en el accidente, al destacar que la versión del damnificado fue respaldada por la prueba, puntualmente la declaración de los dos testigos.

Sostuvo que presenciaron “de primera mano las condiciones en que se encontraba la calle en ese tramo y las consecuencias físicas que provocó” el accidente.

Lo manifestado por ambos trabajadores fue confirmado por la pericia accidentológica, que si bien aportó poco para esclarecer lo sucedido, “sumó como elemento importante el afirmar que la anomalía en el asfalto se vincula con un arreglo del mismo y que se encuentra en el mismo lugar que ubican ambos testigos a la zanja”.

El informe agregó además que el arreglo detectado “era la única anomalía en la vía y que los testigos afirmaron que la zanja tiempo después fue tapada, me llevan a concluir que se trata, sin duda alguna, del mismo lugar”.

“Verdaderamente existió allí la mentada zanja”, resaltó la magistrada. Añadió en el mismo sentido que la calle “contaba con un vicio que la tornó riesgosa y susceptible de provocar daños a los eventuales usuarios”.

La jueza tuvo consideraciones respecto a la responsabilidad del municipio, que cabe para casos similares, por su carácter de “guardiana y dueña de la cosa riesgosa” y por ser “titular del ejercicio del poder de policía sobre los bienes que integran el dominio público municipal”.

Concluye la magistrada que es “su deber la conservación y mantenimiento de los mismos en un estado correcto para que los usuarios de dichos bienes no sufran daños.

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