Fue a un cumpleaños, se resbaló en el baño y quedó con una incapacidad del 21%
La mujer sufrió una fractura en la muñeca, fue operada y la Justicia responsabilizó al dueño del lugar por no garantizar la seguridad.
Lo que comenzó como una noche de fiesta terminó en los tribunales. Una mujer que asistía a un cumpleaños en un salón de eventos de Fernández Oro sufrió una fuerte caída en el baño tras resbalarse con un charco de agua provocado por una pérdida.
El hecho le causó una fractura en la muñeca izquierda que derivó en una cirugía y un extenso tratamiento de rehabilitación. El fuero Civil del Poder Judicial en Cipolletti hizo lugar a la demanda y condenó al titular del local a pagar una indemnización, al considerar probado que no se garantizó el deber de seguridad en el marco de una relación de consumo.
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La celebración transcurría con normalidad hasta que, en horas de la madrugada, la mujer ingresó al baño. Según declaró, el piso estaba mojado y, pese a caminar con cuidado, resbaló y cayó con fuerza. Fue asistida por otros invitados y trasladada primero a una posta sanitaria y luego al hospital de Allen, donde le diagnosticaron una fractura de cúbito y radio.
Días más tarde, en el Sanatorio Río Negro de Cipolletti, debió ser operada: le colocaron una placa de titanio y ocho tornillos. Pasó semanas con la muñeca inmovilizada y atravesó más de 30 sesiones de kinesiología. Según expuso en la causa, la lesión dejó secuelas que aún le impiden realizar plenamente sus actividades laborales y cotidianas.
El juicio y la prueba
En su presentación judicial, la mujer argumentó que el accidente fue consecuencia de condiciones riesgosas en el salón, lo que violaba el deber de seguridad que impone la Ley de Defensa del Consumidor.
En el expediente se incorporaron mensajes enviados por la organizadora del evento al propietario del local, donde informaba sobre lo ocurrido y pedía los datos del seguro. Además, cuatro testigos declararon haber visto agua en el piso del baño y confirmaron que la víctima estaba conmocionada tras la caída.
La aseguradora Integrity Seguros Argentina S.A. reconoció que existía una póliza vigente de responsabilidad civil, aunque rechazó el reclamo. Sin embargo, una pericia médica determinó que la mujer sufrió una fractura multifragmentaria con afectación articular y una incapacidad del 21,8 por ciento.
La sentencia
El tribunal consideró acreditado que la caída ocurrió en el baño del salón y que el piso mojado fue determinante. Aplicó la responsabilidad objetiva del proveedor de servicios, prevista en el artículo 40 de la Ley de Defensa del Consumidor.
La indemnización contempla el daño físico, moral y los gastos médicos, con intereses desde la fecha del hecho. Se descontó del total lo ya abonado por la aseguradora. El fallo todavía no está firme y podría ser apelado.
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