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Se enamoró en Brasil, tuvieron una hija y él las abandonó: el contundente fallo de la Justicia

Tras años de ausencia paterna, una madre recurrió a los tribunales del Alto Valle para garantizar los derechos de su pequeña, afectada por el abandono.

Una historia de amor que comenzó en Brasil terminó en una separación atravesada por la violencia de género, el abandono paterno y una disputa judicial en Río Negro. La mujer acudió a la Justicia para garantizar los derechos de su hija.

La relación había comenzado años atrás, cuando ambos se conocieron en el país vecino. Después de cuatro años retomaron el vínculo sentimental, comenzaron a convivir y decidieron formar una familia. Sin embargo, la situación cambió durante el embarazo.

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La pareja se trasladó a Río Negro, donde nació su hija. La convivencia estuvo marcada por situaciones de violencia y, cuando la pequeña tenía apenas unos meses, un episodio de agresión física llevó a la mujer a terminar definitivamente la relación.

El hombre regresó a su país de origen y, con el paso del tiempo, desapareció de la vida de su hija. La madre quedó a cargo de la crianza y debió afrontar sola las responsabilidades económicas, afectivas y cotidianas.

El abandono paterno y las dificultades que enfrentó la madre

En un primer momento, la mujer intentó sostener el vínculo entre el padre y la niña. Sin embargo, el hombre comenzó a distanciarse progresivamente hasta interrumpir por completo cualquier contacto con su hija.

Además de la ausencia afectiva, el progenitor dejó de cumplir con sus obligaciones económicas. No realizó aportes para cubrir alimentos, vestimenta ni otras necesidades básicas. Incluso cuando posteriormente volvió a residir en Argentina, tampoco intentó acercarse a la menor.

La situación comenzó a generar dificultades concretas para la vida familiar. La madre necesitaba completar un trámite de ciudadanía de su hija en otro país, pero no podía avanzar porque el procedimiento requería la firma del progenitor.

También encontraba obstáculos para organizar viajes al exterior. La falta de contacto con el hombre condicionaba decisiones importantes relacionadas con la niña, pese a que era la mujer quien ejercía exclusivamente las tareas de cuidado.

Ante este escenario, presentó una demanda ante el fuero de Familia de General Roca. Solicitó que se privara al hombre de la responsabilidad parental y que se reconociera judicialmente el cuidado unilateral de su hija.

La niña fue escuchada por la Justicia de Río Negro

Durante el proceso judicial se incorporaron declaraciones testimoniales y un informe social que permitió reconstruir la historia familiar. Las pruebas confirmaron que el padre se había alejado cuando su hija tenía aproximadamente tres meses de vida.

Desde entonces, la mujer había asumido exclusivamente las responsabilidades de crianza, acompañada por su entorno familiar. El informe también permitió conocer las consecuencias emocionales que provocó la ausencia paterna durante los primeros años de la niña.

Cuando comenzó a asistir al jardín de infantes, la pequeña empezó a preguntar por su padre. Su madre le explicó la situación familiar y buscó acompañamiento terapéutico para ayudarla a comprender su historia y procesar esa ausencia.

La niña también participó del proceso judicial mediante una audiencia en la que intervino la Defensora de Menores. Durante esa instancia manifestó que no mantenía ningún vínculo con su padre, una circunstancia considerada al momento de resolver.

Por otra parte, durante la tramitación de la causa tampoco fue posible localizar al hombre para notificarlo personalmente de la demanda. Ante esa imposibilidad, debió intervenir un defensor de ausentes para garantizar su representación procesal.

Qué resolvió la jueza de Familia de General Roca

Después de analizar las pruebas incorporadas al expediente, la magistrada consideró acreditada una situación de abandono paterno sostenido, tanto desde el punto de vista afectivo como económico y asistencial, que afectaba los derechos de la niña.

En los fundamentos de la sentencia, la jueza sostuvo que “la ausencia actual del padre en su vida está vulnerando su desarrollo integral, lo cual lejos de beneficiarla la perjudica, pues los tiempos judiciales no son los tiempos de las infancias con lo que hacer lugar a la petición redundará en beneficio pleno de esta niña y su interés superior”.

La resolución recordó que la responsabilidad parental comprende un conjunto de derechos y obligaciones destinados a garantizar la protección, el desarrollo y la formación integral de los hijos durante su infancia y adolescencia.

Entre esas obligaciones se encuentran la alimentación, la educación, el cuidado cotidiano y el acompañamiento afectivo. La magistrada entendió que el progenitor había incumplido sostenidamente esos deberes, mientras la madre asumía todas las responsabilidades familiares.

Qué establece la ley sobre el abandono de los hijos

La sentencia explicó que privar a un progenitor de la responsabilidad parental es una medida excepcional, debido a que involucra el derecho de niños y niñas a mantener vínculos con ambos padres.

Sin embargo, el artículo 700, inciso b, del Código Civil y Comercial contempla expresamente esta posibilidad cuando existe abandono, incluso si el hijo permanece bajo el cuidado y la protección del otro progenitor.

Para fundamentar su decisión, la jueza también consideró la Convención sobre los Derechos del Niño, particularmente el principio del interés superior de la niña, su derecho a ser escuchada y la necesidad de garantizar su desarrollo integral.

Asimismo, tuvo en cuenta las disposiciones de la Ley Nacional 26.061 y la Ley Provincial 4109, que establecen mecanismos de protección integral de los derechos de niñas, niños y adolescentes frente a situaciones que puedan vulnerarlos.

Finalmente, la Justicia de Familia de Roca hizo lugar a la demanda presentada por la madre y privó al hombre de la titularidad de la responsabilidad parental sobre su hija. La decisión contó con la conformidad de la Defensora de Menores.

El fallo también dispuso que, una vez que la sentencia quede firme, deberá inscribirse en el Registro Civil, formalizando así la resolución judicial que busca garantizar los derechos de la niña frente al abandono sostenido de su progenitor.

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