Colectivos: llevan el reclamo de los usuarios a la Subsecretaría de Transporte
Los legisladores Jorge Ocampos y Daniela Agostino solicitaron que se intensifiquen los controles a las empresas que prestan servicios de transporte en el Alto Valle.
Jorge Ocampos y Daniela Agostino insistieron con el reclamo al Ministerio de Obras y Servicios Públicos -Subsecretaría de Transporte-, de Río Negro, para que intervenga respecto a las empresas de transporte de pasajeros que prestan servicios en nuestra provincia, dado el deficiente servicio que prestan.
La Legislatura rionegrina aprobó en su última sesión un proyecto de los parlamentarios del Frente Progresista, quienes consideraron que “el control que debe realizar la Subsecretaría de Transporte deja mucho que desear, ya que se debería exigir un cumplimiento de horarios de salida y llegada en los viajes, el mantenimiento diario de las condiciones sanitarias e higiénicas de los micros y un estricto control de las condiciones mecánicas de los vehículos y ante una avería, que el coche reemplazante respete la misma calidad y capacidad que el reemplazado
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A esto debemos añadir que “en cada micro haya un Libro de Quejas autorizado, foliado y sellado por dicha Subsecretaría, donde queden registradas las quejas de los usuarios y que en todas las terminales de Río Negro, funcione una oficina de la Comisión Nacional de Regulación de Transporte”, mencionaron.
Jorge Ocampos aseguró que “el servicio que brindan las empresas de transporte en nuestra provincia, fundamentalmente en la zona del Alto Valle y mas precisamente en la ciudad de Cipolletti, es permanentemente cuestionado por sus usuarios”.
Explicó que “las principales quejas radican en el reiterado incumplimiento de los horarios preestablecidos, en los aspectos sanitarios e higiénicos de los micros y en las interrupciones de los viajes causados por desperfectos mecánicos”
Finalmente sostuvo que “es responsabilidad de la Subsecretaría de Transporte de la Provincia de Río Negro, velar por el cumplimiento de las normas que rigen la relación transportista-transportado, y aplicar en lo que es de su exclusiva competencia, y con rigor, la Ley Provincial J Nº 651 ( Reglamenta el Servicio Publico de Transporte Automotor)".
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