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Fallo judicial ordena al gobierno nacional reactivar las obras barriales

Gran expectativa en la región y el país ha generado un fallo de la Justicia Federal que obliga al gobierno nacional a reactivar obras en barrios populares.

La dirigencia barrial y de las cooperativas de trabajo de la ciudad y el país resaltaron favorablemente un fallo judicial que, de cumplirse como se espera, permitirá reanudar las obras de infraestructura y viviendas en los barrios populares que fueron paralizadas por el actual gobierno nacional, como parte de su política de ajustes y recortes en el Estado.

Se trata de una medida cautelar a la que hizo lugar el Juzgado Federal de Pehuajó, a instancias del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) y otros contra el Estado Nacional-Poder Ejecutivo.

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La entidad defensora de los derechos humanos impulsó un amparo colectivo para dejar sin efecto disposiciones del gobierno nacional contenidas en el decreto 193/24, en los términos del artículo 13 y del artículo 14 de la ley 26854 sobre medidas cautelares en la que es parte o interviene el Estado nacional.

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En barrios populares de Cipolletti y de otras localidades de la región y el país hay obras de infraestructura y vivienda que el gobierno nacional tiene paralizadas pero que ahora, por decisión de la Justicia Federal, deberá reactivar.

En barrios populares de Cipolletti y de otras localidades de la región y el país hay obras de infraestructura y vivienda que el gobierno nacional tiene paralizadas pero que ahora, por decisión de la Justicia Federal, deberá reactivar.

A partir de lo resuelto, se abren grandes expectativas en cuanto a la reactivación de las obras que había autorizado el anterior gobierno nacional a través de la Secretaría de Integración Socio Urbana (SISU), algunas de las cuales tenían poco grado de avance y otras, en cambio, un grado de ejecución considerable. Unas y otras fueron paralizadas por la actual gestión del presidente Javier Milei, que después permitió reanudar apenas unas pocas.

El Juzgado rechazó la cautelar solicitada en los términos del artículo 13, pero en cambio hizo lugar a la cautelar peticionada en los términos del artículo 14, en virtud de lo cual ordenó al Poder Ejecutivo de la Nación que "tenga a bien instar los medios necesarios, siempre en orden a los recursos disponibles y ultimando los esfuerzos en tal sentido", con el propósito de garantizar la continuidad de "la política pública consistente en la integración socio urbana" de las barriadas incluidas en el Registro Nacional de Barrios Populares, según consta en la ley 27453.

En el pronunciamiento, se indica que lo resuelto se deberá cumplir "a fines de resguardar el goce de los derechos de acceso a la vivienda digna, salud y a un medio ambiente sano, entre otros, consagrado tanto en el ámbito de nuestro ordenamiento jurídico interno como de sendos tratados internacionales anteriormente referidos, respecto de los cuales nuestra Nación resulta parte y a los que se ha dotado de rango constitucional".

Obras del Poder Ejecutivo Nacional

Además, se emplazó al Poder Ejecutivo de la Nación "a confeccionar, en un plazo máximo de tres meses desde el dictado de la presente resolución, un plan de actuación en forma conjunta con los Estados locales, en su rol de 'unidades ejecutoras' de las obras relativas a la política pública enunciada, con el objetivo de asegurar el cumplimiento de la prerrogativa" relativa al resguardo de los derechos mencionados.

A la vez, deberá informar en forma mensual, a través de la Secretaría de Desarrollo Territorial, Hábitat y Vivienda, dependiente del Ministerio de Economía de la Nación, "respecto de las líneas de acción asumidas a los fines de tornar posible la continuidad de la política pública en el modo antes mencionado y de los eventuales fondos girados" al Fondo de Integración Socio Urbana (FISU) y a "las respectivas 'unidades ejecutoras' de las obras, en cumplimiento de tal objetivo".

También se resolvió "comunicar el contenido" de la resolución al Congreso de la Nación, "exhortándolo a fin de que, haciendo uso de sus atribuciones constitucionales, arbitre los medios necesarios para contemplar y/o establecer mecanismos de financiamiento para la continuidad de la referida política pública".

Recursos para los barrios populares

Con ese objetivo, "se sugiere dar tratamiento en el marco del debate parlamentario propio de la Ley de Presupuesto, como acto legislativo que, sobre la base del plan de gobierno, dispone la planificación anual de la actividad financiera del Estado, a las asignaciones de recursos relativas a la efectivización de la política pública de urbanización de barrios populares registrados en RENABAP".

El Juzgado entiende que "el Parlamento Nacional se encuentra obligado a llevar adelante medidas de acción positivas conducentes al desarrollo humano y al progreso económico de la comunidad".

Con la representación del CELS

Por último, se selecciona al CELS como “representante adecuado” del colectivo barrial involucrado en el proceso, con lo que en adelante y por el tema tratado deberá velar por el cumplimiento de lo pautado.

La dirigencia barrial y de las cooperativas de trabajo consideraron "buena la decisión" de la Justicia, por cuanto ordena al Estado que mantenga y financie la política de integración socio urbana; que presente en tres meses un plan para su cumplimiento en articulación con los gobiernos locales; que se informe al Congreso en el marco de la discusión del presupuesto 2025 para asegurar financiamiento; y por designar al CELS como representantes adecuado del colectivo de habitantes de barrios populares.

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