¿Qué trámites hay que hacer en Cipolletti para conseguir el permiso para circular?
Si bien en la mayoría de los casos es la empresa empleadora quien debe gestionar los certificados, existen excepciones que se pueden realizar a través de la página de la Municipalidad de Cipolletti o en comisarías.
Luego de que el presidente de la Nación, Alberto Fernández, anunciara la implementación de la cuarentena total Argentina hasta el 31 de marzo, surgieron múltiples dudas sobre quiénes estaban exceptuados para transitar y quiénes no, además de dónde llevar a cabo los trámites de los permisos de libre circulación para evitar inconvenientes.
En la localidad, sólo algunos certificados pueden realizarse en las comisarías, mientras que otras excepciones deben gestionarse directamente a través de la página de la Municipalidad de Cipolletti. No obstante, en la mayoría de los casos, el permiso lo deberá hacer la misma empresa empleadora.
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Es importante remarcar que quienes no cuenten con el permiso correspondiente no podrán circular por la ciudad ni cruzar los puentes carreteros.
Municipalidad de Cipolletti
Quienes necesiten circular para trasladar a niños, niñas o adolescentes de padres separados o quienes trabajen como cuidador de adultos mayores tendrán la posibilidad de descargar el permiso a través de la página web de la Municipalidad de Cipolletti.
En ambos casos, se trata de una declaración jurada que se deberá imprimir y completar con datos personales; nombre completo, número de DNI y domicilio. Como así también información de la persona o familiar a la que está cuidando, o de sus hijos, en el caso que deban trasladarlos a la casa de su padre o madre.
Ambos formularios se encuentran disponibles en la parte superior de la página, que los links de descarga. Se trata de un modo de gestión rápido y sencillo que se habilitó a partir de hoy (24/03).
Comisarías
Las personas que deban movilizarse para atender a un familiar que necesite de asistencia diaria son las únicas que podrán tramitan el certificado en las comisarías, siendo este un caso excepcional.
¿Quiénes están exceptuados de cumplir el aislamiento?
De acuerdo al Artículo 6° del DNU, quienes quedan exceptuados del cumplimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio y de la prohibición de circular son todas aquellas personas afectadas a las actividades y servicios declarados esenciales en la emergencia, siendo estos un total de 24.
Entre ellos se encuentra el personal de Salud, Fuerzas de Seguridad, Fuerzas Armadas, actividad migratoria, servicio meteorológico nacional, bomberos y control de tráfico aéreo. Como así también autoridades superiores de los gobiernos nacional, provinciales, municipales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Trabajadores y trabajadoras del sector público nacional, provincial, municipal y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, convocados para garantizar actividades esenciales requeridas por las respectivas autoridades.
Quedan exceptuados quienes deban asistir a otras personas con discapacidad o familiares que necesiten asistencia; a personas mayores; a niños, a niñas y a adolescentes. Personas que deban atender una situación de fuerza mayor; quienes estén afectadas a la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones; o afectadas a la atención de comedores escolares, comunitarios y merenderos.
Por su parte, entra en el listado el personal que se desempeña en los servicios de comunicación audiovisuales, radiales y gráficos; personal afectado a obra pública; supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de proximidad, farmacias, ferreterías, veterinarias y provisión de garrafas.
Las industrias de alimentación, su cadena productiva e insumos; de higiene personal y limpieza; de equipamiento médico, medicamentos, vacunos y otros insumos sanitarios; las actividades vinculadas a la producción, distribución y comercialización agropecuaria y e pesca; actividades de telecomunicaciones, internet fija y móvil y servicios digitales; actividades impostergables también se encuentran dentro de los trabajos esenciales.
Continuando con el listado, se encuentra la recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos urbanos, peligrosos y patogénicos; mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones, etc.) y atención de emergencias; transporte público de pasajeros, transporte de mercaderías, petróleo, combustibles y GLP; reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad.
Quedan exceptuados, además, los servicios de lavandería; servicios postales y de distribución de paquetería; servicios esenciales de vigilancia, limpieza y guardia; guardias mínimas que aseguren la operación y mantenimiento de yacimientos de petróleo y gas, plantas de tratamiento y/o refinación de petróleo y gas, transporte y distribución de energía eléctrica, combustibles líquidos, petróleo y gas, estaciones expendedoras de combustibles y generadores de energía eléctrica.
Finalmente, el último ítem es para las casas de moneda, servicios de cajeros automáticos, transporte de caudales y todas aquellas actividades que el Banco Central de la República Argentina disponga imprescindibles para garantizar el funcionamiento del sistema de pagos.
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