Presos rionegrinos denuncian falta de calefacción y presentan hábeas corpus
Por la presentación, intervino el Superior Tribunal de Justicia de Río Negro. ¿Qué mas denunciaron y qué dijo la justicia?
Durante los días más fríos del invierno, personas alojadas en el Pabellón 4 del Establecimiento de Ejecución Penal N° 2 de General Roca denunciaron la falta total de calefacción en celdas y en el salón de visitas.
Según el planteo presentado, la situación se agrava por otros problemas edilicios detectados dentro del sector. Entre ellos, señalaron la ausencia de acrílicos en ventanas, lo que incrementa el ingreso de aire frío, y deficiencias en tapas de cloacas.
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Frente a ese escenario, las personas privadas de la libertad solicitaron la intervención urgente del Poder Judicial mediante una acción de hábeas corpus preventivo. El objetivo fue lograr medidas inmediatas que garanticen condiciones mínimas acordes “a la dignidad humana”.
Rechazo inicial y cuestionamientos judiciales
El reclamo fue presentado ante la Justicia, pero en una primera instancia el juez interviniente rechazó el planteo sin avanzar en el análisis concreto de la denuncia sobre la falta de calefacción en el establecimiento penitenciario.
El magistrado entendió que la situación ya había sido abordada en otro expediente previo, por lo que consideró que no correspondía abrir una nueva instancia judicial. Sin embargo, esa decisión fue cuestionada por no contemplar los nuevos elementos denunciados.
Particularmente, el planteo incorporaba un hecho distinto: el agravamiento de las condiciones de detención debido a la ausencia de calefacción en un período del año marcado por temperaturas extremadamente bajas en la región.
Intervención del Superior Tribunal de Justicia
El Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Río Negro intervino en el caso y resolvió revocar la decisión adoptada en primera instancia. Consideró que el nuevo planteo no era idéntico al anterior y debía ser tratado de manera autónoma.
En su resolución, el máximo tribunal provincial ordenó devolver el expediente al juzgado de origen para que dicte un nuevo pronunciamiento. El objetivo es garantizar el análisis del reclamo y la protección de los derechos de las personas detenidas.
El fallo remarcó que el juez debió haber tramitado la presentación como un planteo independiente, teniendo en cuenta que introducía circunstancias nuevas que modificaban sustancialmente el contexto previamente evaluado en otras actuaciones.
La importancia de verificar las condiciones denunciadas
Uno de los puntos centrales de la sentencia fue la falta de una inspección judicial que permitiera constatar las condiciones denunciadas dentro del pabellón. El STJ consideró que ese control era fundamental para evaluar la situación real.
El tribunal también advirtió que, al momento de resolver la apelación, no existían pruebas que indicaran que el problema hubiera sido solucionado. Tampoco se acreditó que el sistema de calefacción funcionara correctamente en el establecimiento.
En ese sentido, el fallo destacó la relevancia del contexto climático en el que se produjo el reclamo. “La ausencia de calefacción fue planteada en una época del año que se caracteriza por bajas temperaturas”, señaló el tribunal.
Derechos de las personas privadas de la libertad
La resolución del STJ incluyó un repaso de los estándares constitucionales e internacionales que protegen los derechos de las personas privadas de la libertad, subrayando que la detención no implica la pérdida de derechos fundamentales.
El tribunal recordó que las condiciones de alojamiento en establecimientos penitenciarios deben respetar la dignidad humana. En ese marco, citó las Reglas Mandela, que establecen parámetros mínimos para el trato de personas detenidas.
Entre esos estándares se incluye la obligación de garantizar condiciones adecuadas de higiene, infraestructura y calefacción. Estos elementos son considerados esenciales para evitar situaciones que puedan constituir tratos crueles o degradantes.
Posible agravamiento de la pena
Finalmente, el Superior Tribunal advirtió que la falta de calefacción, en caso de comprobarse, podría implicar una vulneración grave de derechos. Incluso podría interpretarse como un agravamiento indebido de la pena impuesta.
En uno de los tramos más contundentes del fallo, se indicó que esta situación podría constituir “una mortificación innecesaria”, lo que obliga a una intervención urgente por parte de las autoridades judiciales competentes.
Por ese motivo, el STJ ordenó que la situación sea verificada en el establecimiento penitenciario y que el juez de ejecución a cargo adopte las medidas necesarias para garantizar condiciones dignas de detención.
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