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Lo acusaron de pelear en un boliche, pero un testigo considerado clave no recordó nada porque estaba borracho

Un hombre fue preso por un violento incidente, pero se declaró inocente. En su defensa pidió que declarase otro sujeto, quien admitió no recordaba nada su estado de ebriedad.

Una fenomenal gresca que se armó a la salida de un boliche bailable de una localidad rionegrina tuvo como consecuencia la detención de un hombre como supuesto promotor de los hechos. El sospechoso fue imputado en una causa contravencional por “agresiones en la vía pública”, que tiene como penas la realización de trabajos de utilidad pública o multa económica.

Sin embargo, la acusación no prosperó por falta de pruebas y la declaración inconsistente de un testigo, provocado por su estado de lucidez condicionado.

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El incidente se registró el 26 de abril último en el local nocturno "Prive-Cirila" en Luis Beltrán. Según la narración efectuada por el suboficial Principal Peña y el sargento Lastra, quienes se encontraban en el lugar, habían comenzado con el operativo de despeje del establecimiento, cuando el imputado, identificado como Hugo Díaz Muñoz se “acercó en forma prepotente” e insultando a los uniformados, y le dio una patada en una de las puertas traseras del patrullero.

Por ese motivo lo redujeron y lo llevaron preso a los calabozos de la Comisaría 19.

La causa por la pelea en el boliche

La causa fue elevada al Juzgado de Paz local, desde donde convocaron al acusado para que brinde su versión y ejerza su defensa. El hombre compareció el 17 de junio y admitió parcialmente los hechos enrostrados. Aseguró que él intervino en el altercado para separar a su primo Alejandro Méndez que había iniciado una pelea con otro vecino, Silvio Labrada.

Agregó que, en el exterior del boliche, la policía intervino “confundiéndolo como generador del problema” y si bien admitió que insultó a los policías tras ser reducido en el suelo, negó “categóricamente haber pateado el patrullero”, y atribuyó esa maniobra a Labrada, pidió que lo llamaran a declarar.

Las autoridades judiciales convocaron entonces al señalado, quien se presentó el 30 de junio, pero fue poco lo que aportó. Dijo que “no recordar absolutamente nada de lo sucedido esa noche”, debido a que se encontraba “en estado de ebriedad”.

Más aún, resaltó que se enteró de lo sucedido cuando se lo comunicaron los policías.

El beneficio de la duda

En el Juzgado de Paz determinaron que las pruebas recabadas durante el proceso contravencional “se oponen entre sí y generan versiones incompatibles de los hechos”.

Resaltaron que como relevante “la falta de memoria del testigo clave” y la “contradicción entre el informe policial y la versión del imputado”, lo que imposibilitaba “sostener una certeza absoluta sobre la autoría material de los daños al móvil o el inicio de las agresiones”.

“Deben tenerse en cuenta las garantías procesales vigentes en todo procedimiento contravencional, de rango constitucional, como el principio de legalidad y la presunción de inocencia”, señaló la resolución.

Ante la falta de consistencia que planteó la existencia de la duda, agregó el documento que “deberá resolverse a favor de los intereses de la persona imputada”, como lo indica el mismo código. Por tal motivo la denuncia quedó desestimada.

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