El clima en Cipolletti

icon
Temp
49% Hum
LMCipolletti tránsito

Denuncian que un automovilista agredió a una inspectora de tránsito tras registrar alcoholemia positiva

Fue en Catriel y la mujer aseguró que recibió insultos y amenazas. La Justicia de Paz ordenó medidas para proteger a la inspectora. La causa cambia de fuero.

Una empleada del área Tránsito del municipio de rionegrino denunció al conductor de un vehículo a quien le labró una infracción relacionada al resultado positivo de un examen de alcoholemia. La presentación la realizó el último 9 de septiembre en la Comisaría 9na de Catriel, en la que pidió medidas cautelares para su resguardo.

En su declaración, relató que fue “objeto de insultos, amenazas, intimidaciones, hostigamiento, conductas que atribuye al denunciado y su padre y que vincula con su condición de mujer y con el ejercicio de su función”.

Te puede interesar...

La causa fue elevada al Juzgado de Paz encuadrada en lo que define la Ley Nacional 26485, que regula la “protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales”. La inspectora ratificó su acusación en la audiencia realizada al día siguiente, en la que el titular del juzgado, Daniel Delgado, determinó que correspondía instrumentar medidas de protección a la denunciante, siguiendo los lineamientos de la normativa.

La Inspectora Municipal de Catriel denunció a un compañero de trabajo por abuso sexual.

La Inspectora Municipal de Catriel denunció a un compañero de trabajo por abuso sexual.

Explicó en este sentido que la Ley Nacional a la que adhirió Río Negro “habilitan a la mujer que se considere afectada a formular la denuncia ante cualquier juez o jueza de cualquier fuero e instancia, sin perjuicio de que la competencia para entender en la causa deba posteriormente determinarse conforme las reglas de competencia material”.

Añadió que tiene la “obligación” como referente del órgano jurisdiccional “aplicar la normativa específica y más protectoria en materia de violencia de género, conforme los principios de oficiosidad, tutela judicial efectiva y protección integral de la víctima”.

Como conclusión respecto a este caso, sostuvo que “resulta necesario dictar medidas cautelares a los fines de resguardar la integridad psicofísica de la denunciante, previendo la posible ocurrencia de hechos de violencia o conductas que generen un hostigamiento, agresión o molestia, o su reiteración en el tiempo”.

Fuera de competencia

Pero, paralelamente, junto con el dictado de las medidas cautelares Delgado también se declaró incompetente para darle continuidad al expediente generado. Señaló que, tras analizar los hechos denunciados, determinó que el incidente “presenta una particularidad que resulta determinante para establecer la competencia: el conflicto no habría surgido de una relación personal, familiar o afectiva entre las partes, sino con motivo de un procedimiento administrativo/contravencional llevado adelante por la denunciante en ejercicio de las funciones públicas que le fueron conferidas”.

Puntualizó en el mismo aspecto que “los hechos denunciados aparecen prima facie vinculados de manera directa con el ejercicio de una función pública municipal, encontrándose su origen inmediato en la actuación de la denunciante dentro de un procedimiento sancionatorio derivado de una infracción a las normas de tránsito”.

La Fiscalía Descentralizada de Catriel investigó el robo a una casa. Condenó al ladrón que había confesado. Pero no le pudieron probar la participación en el hecho del supuesto cómplice.

La Fiscalía Descentralizada de Catriel investigó el robo a una casa. Condenó al ladrón que había confesado. Pero no le pudieron probar la participación en el hecho del supuesto cómplice.

“Esta circunstancia impide considerar la cuestión como un conflicto estrictamente interpersonal o meramente laboral, desvinculado del ámbito funcional, pues la relación entre las partes se habría generado precisamente a partir del ejercicio de potestades públicas por parte de la denunciante”, precisó.

Por ese motivo ordenó remitir las actuaciones para su tramitación a la OTICCA (Oficina de Tramitación Integral del Fuero Civil y Contencioso Administrativo) con sede en Cipolletti.

Medidas para proteger a la mujer

Si bien se declaró incompetente, el magistrado dispuso la prohibición de acercamiento y contacto del acusado con respecto a la víctima. La disposición precisa que deberá permanecer a una distancia no menor a los 500 metros, tanto a su lugar de trabajo, estudio, esparcimiento o donde frecuente habitualmente.

Asimismo, le ordenó que de manera “inmediata” deberá abstenerse de realizar “actos de perturbación o intimidación”, como tampoco producir incidentes, agravios, realizar actos molestos o de hostigamiento por ningún medio, incluidos mensajes telefónicos o por redes sociales.

Le aclaró que las medidas son de carácter obligatorio, y que en caso de incumplimiento le darán intervención a la Fiscalía. Por último, les comunicó a las partes que el dictamen emitido tiene carácter provisorio y que quedarán a consideración de la unidad jurisdiccional que continúe sustanciando el legajo. También les indicó que en esa instancia deberán contar con un abogado particular o solicitar asistencia legal gratuita en la Defensa Pública.

Leé más

Noticias relacionadas