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Cambiaron las condiciones de un viaje de egresados e intervino la Justicia: Qué resolvió

Una adolescente rionegrina formuló a través de su madre un reclamo judicial tras una frustrante situación. Ahora salió el fallo.

Una vecina de San Antonio Oeste logró un fallo favorable en el Juzgado de Paz local tras cancelar la participación de su hijo en un viaje estudiantil. La empresa prestadora modificó unilateralmente la fecha y el destino originalmente pactados, y retaceó información clara durante el proceso.

La controversia comenzó cuando la madre contrató un paquete turístico destinado al viaje de egresados de su hijo. Sin embargo, con el avance de las gestiones, el prestador turístico modificó de manera sustancial y unilateral aspectos centrales de la contratación, alterando tanto las fechas del viaje como el destino final del contingente. Así, de Mar del Plata y Pinamar se pasó a Villa Carlos Paz.

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Ante las arbitrarias modificaciones y las crecientes dificultades para obtener información precisa por parte de los organizadores, la mujer decidió rescindir el contrato y suspender la participación del adolescente, exigiendo la inmediata devolución del dinero invertido. Ante la negativa y la falta de respuestas de la firma, acudió a los tribunales rionegrinos mediante un proceso ante la justicia de paz.

Retención de pruebas y marco protectorio al consumidor

Durante el trámite judicial, la postura de la empresa turística complicó su situación procesal. El magistrado interviniente destacó que el prestador no presentó la documentación ni los comprobantes vinculados con la contratación, a pesar de que dicha información se encontraba bajo su exclusiva esfera de disponibilidad y custodia.

El tribunal encuadró el caso dentro de una relación de consumo, aplicando los principios protectores contemplados en la legislación vigente. En este marco, se determinó que el proveedor incumplió con la obligación precontractual y contractual de brindar información veraz, detallada y oportuna, vulnerando el principio de buena fe.

Condena y sanción por daño punitivo

En la resolución final, el Juzgado de Paz de San Antonio Oeste falló a favor de la demandante y ordenó la devolución de los montos abonados para el viaje. Además, la sentencia incluyó la aplicación de la figura del daño punitivo, una sanción pecuniaria prevista en la Ley de Defensa del Consumidor para castigar la conducta desinteresada y desatenta del proveedor de servicios.

De esta manera, la empresa fue condenada a saldar de manera integral los conceptos reconocidos en el fallo dentro del plazo fijado tras su notificación formal.

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