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Portera sufrió una hernia por las ollas y será indemnizada

Trabajaba en un colegio de esta ciudad y tuvo lesiones en la columna.

Una portera que se veía obligada a hacer fuerza con ollas que pesaban más de 20 kilos logró un fallo a su favor tras presentar una demanda por importantes lesiones en su columna. Jueces cipoleños ordenaron pagarle un poco más de 140 mil pesos.

La Cámara Laboral de Cipolletti determinó una indemnización más intereses en concepto de la “enfermedad profesional” que afectó a la trabajadora de un colegio de la ciudad. Según lo informado por el Poder Judicial provincial, el pago deberá hacerlo la ART Horizonte.

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La mujer consignó en la demanda que es trabajadora dependiente del Ministerio de Educación y Derechos Humanos de Río Negro y que presta funciones como portera en un colegio cipoleño. Afirmó que su tarea consiste en realizar todo tipo de actividades, desde la limpieza del establecimiento hasta la preparación del desayuno para los alumnos. Indicó que debe permanecer agachada mientras realiza las tareas de limpieza y que, para preparar el desayuno, debe manipular cajas de leche en packs de más de 12 kilos de peso y mover grandes ollas que superan los 20 kilos. Aseguró que todo eso repercutió en su columna y que en julio del 2016 comenzó a sentir fuertes dolores en la zona lumbar, se realizó estudios y le informaron que padecía hernias discales.

Posteriormente se sometió a una evaluación médica, aunque la ART demandada rechazó la contingencia denunciada en razón de sostener que la patología no se encuadraba como contingencia dentro del ámbito de la ley 24.557.

Una vez judicializado el caso, la pericia médica realizada en la causa arrojó como conclusión que la trabajadora “es portadora de una patología degenerativa con discopatía múltiple lumbar que podría encuadrarse como una enfermedad profesional por el tipo de tareas desarrolladas durante 13 años, y que el agente de riesgo son las propias tareas con movimientos repetitivos y de fuerza; encuadrando la lesión como lumbalgia postraumática con severas alteraciones clínicas y radiográficas y fijando una incapacidad que –con factores de ponderación incluidos- resulta del 12,5%”.

En función del porcentaje de incapacidad y con las fórmulas ya establecidas, que incluso son de consulta pública en la página web del Poder Judicial, los jueces determinaron una indemnización superior a los $141 mil más intereses.

El fallo lleva la firma de los jueces Luis Méndez, Luis Lavedán y Raúl Santos.

--> Varias calculadoras en la web judicial

Durante el último tiempo, la página web del Poder Judicial rionegrino ha incorporado varios servicios no solo para los funcionarios y abogados litigantes sino para los ciudadanos. Se incluyen la publicación y difusión de edictos, que fue impulsada por ley ante la Legislatura, la calculadora de intereses moratorios, la calculadora de indemnizaciones, la calculadora de indemnizaciones por incapacidad y una herramienta que se ajusta a la Ley de Riesgos del Trabajo (con la Ley 27.348 complementaria a partir de su entrada en vigencia meses atrás).

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