Viajaban en auto, chocaron, una persona murió y el seguro no se hizo cargo: qué resolvió la Justicia
La aseguradora argumentó que viajaban seis ocupantes en el vehículo, cuando está determinado de fábrica que sean cinco. La denuncia se radicó por la pérdida del hombre y la manutención futura de su hija.
Un fallo judicial determinó responsabilidades civiles tras un choque fatal que tuvo lugar en la Ruta Nacional 22 cuando un grupo de personas viajaba desde Río Negro hacia Bahía Blanca y murió un hombre producto de un incidente. La sentencia rechazó los planteos de la compañía de seguro y fijó una indemnización de 26 millones de pesos, al considerar que incumplió los plazos legales para rechazar la cobertura.
La resolución fue dictada por la Unidad Jurisdiccional Civil N.º 21 de Villa Regina, que analizó la demanda iniciada por la esposa y las hijas de la víctima fatal, ante la pérdida del hombre y la imposibilidad de recibir manutención para la crianza de sus hijas en el futuro.
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La jueza concluyó que el accidente fue consecuencia directa de la conducta del conductor y extendió la responsabilidad a la propietaria del vehículo y a la compañía aseguradora.
¿Cómo fue el incidente fatal?
El hecho ocurrió cerca de las seis de la mañana, a la altura de la localidad de La Adela, cuando un automóvil que se dirigía desde Río Negro hacia Bahía Blanca perdió el control al atravesar una curva. El rodado salió hacia la banquina y dio varios tumbos, lo que provocó la muerte del cuñado del conductor.
Según la pericia accidentológica incorporada al expediente, el vehículo circulaba a una velocidad aproximada de 100 kilómetros por hora al momento del siniestro. El informe técnico descartó factores externos y adjudicó el origen del choque en la maniobra realizada por el conductor en un tramo curvo de la ruta a una velocidad alta.
Más de cinco personas en el vehículo
El relevamiento pericial también estableció que el automóvil estaba homologado para cinco personas, incluido el chofer, aunque al momento del vuelco viajaban seis ocupantes. Esa circunstancia fue incorporada al análisis judicial como uno de los elementos relevantes del caso.
Tras el episodio, se inició una causa penal por homicidio culposo, que finalizó con el sobreseimiento del conductor. Sin embargo, la esposa e hijas de la víctima fatal y hermano de conductor, avanzaron con una demanda civil para reclamar una indemnización por el daño moral sufrido y la pérdida de chance vinculada a la manutención futura.
Los argumentos de la compañía de seguros
La denuncia también se extendió a la compañía de seguros, la propietaria del automóvil y la aseguradora. La compañía intentó argumentar la falta de cobertura al sostener que el vehículo circulaba con exceso de velocidad y que la víctima no llevaba puesto el cinturón de seguridad, argumentos que no lograron sostenerse con las pruebas incorporadas a la causa.
Sin embargo, durante el debate judicial se acreditaron dos causales previstas como exclusiones en la póliza: el vínculo de parentesco entre el conductor y la persona fallecida, y el exceso de ocupantes respecto de lo permitido por el fabricante. El eje del litigio se centró en determinar si esas exclusiones resultaban aplicables.
Qué resolvió la Justicia
Al analizar la responsabilidad civil, la magistrada sostuvo que el accidente fue consecuencia exclusiva de la conducta del conductor, quien no pudo demostrar la existencia de una causa ajena que lo eximiera. En ese marco, también responsabilizó a la dueña del rodado en su carácter de titular y tomadora del seguro.
Uno de los puntos centrales del fallo estuvo vinculado al accionar de la aseguradora. Si bien la jueza reconoció que el parentesco estaba contemplado como exclusión contractual, remarcó que ese argumento no podía prosperar por no haber sido invocado dentro del plazo legal.
La sentencia recordó que el artículo 56 de la Ley de Seguros obliga a las compañías a expedirse sobre la cobertura dentro de los 30 días de recibida la denuncia del siniestro. En este caso, quedó probado que la empresa no rechazó la cobertura en tiempo y forma y recién planteó las exclusiones al contestar la demanda.
Con esos fundamentos, el tribunal rechazó las defensas de la aseguradora y la condenó a responder dentro de los límites de la póliza. El fallo fijó una indemnización superior a los 26 millones de pesos, más intereses, por daño moral y pérdida de chance, con costas a cargo de los demandados.
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