Otra multa al municipio de Oro por no cumplir una orden judicial
Deben extraer árboles de una plaza porque afectan a casas vecinas. Lo estableció un fallo Civil y lo confirmó la Cámara de Apelaciones. Ya pagaron $287 mil como sanción y ahora les impusieron otros 200.000.
El municipio de Fernández Oro sigue sin cumplir la orden de remover enormes eucaliptos y reforestar una plaza del centro de la ciudad, mientras que la Justicia le sigue imponiendo onerosas sanciones económicas.
Los árboles, cerca de una decena, alcanzan algunos los 30 metros de altura y provocan inconvenientes en casas aledañas y ponen en riesgo la seguridad de las personas.
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Recientemente la titular del juzgado Civil 3 de Cipolletti, Soledad Peruzzi, le impuso una multa por 200 mil pesos por “temeridad y malicia”, dado que no dio cumplimiento a la medida establecida en un fallo de primera instancia dictado tres años atrás y confirmado por la Cámara de Apelaciones.
La jueza, que también dispuso en una medida inusual notificar en formato papel y de modo personal al intendente Mariano Lavín, fue muy crítica con las autoridades comunales, que brindaron su versión del porqué no llevan a cabo la medida.
No solo consideró que son argumentos “meramente dilatorios”, sino que además advirtió que el incumplimiento pondría al Municipio “en un gasto excesivo e innecesario ´dilapidando´ los fondos cuyo uso responsable les corresponde a los funcionarios a cargo”.
Sucede que ya debieron desembolsar 287.000 en distintos pagos por el mismo motivo.
La causa se inició por una acción de “daño temido” que presentaron dos vecinas del parque ubicado en Villegas casi Moreno, que mide unos 50x30 metros de superficie.
Alegaron que las raíces se les meten por las cañerías, levantan los pisos y que sus extensas ramas se quiebran con facilidad y constituye un peligro., Además que las hojas que despiden se acumulan en los techos y las canaletas que desagotan las lluvias.
El fallo de primera instancia dictado en abril de 2020 determinó la extracción de los ejemplares y la plantación de otros adecuados para la flora urbana. Entre los fundamentos, tomó conclusiones de varios especialistas que afirmaron que el eucaliptus no es una especie apta para espacios verdes de las reducidas dimensiones.
El municipio apeló esa sentencia con el argumento de que carecía de recursos económicos para realizar la tarea por “la extrema situación de emergencia sanitaria, social, económica y administrativa" por la pandemia, y porque además no contaban con el personal debido habían decretado asueto administrativo excepcional, precisamente por el Covid.
Sin embargo, la Cámara de Apelaciones resolvió rechazar el recurso interpuesto y confirmar la sentencia, por lo que el Ejecutivo debía cumplir con la sentencia, pero no lo hicieron.
Respuestas "dilatorias y renuentes"
Ante el incumplimiento las vecinas siguieron reclamando en reiteradas oportunidades. Incluso el juzgado le aplicó al municipio astreintes (sanciones en dinero contra el deudor por demorar el acatamiento de una orden judicial) a favor de las vecinas que presentaron las demandas. La primera fue por $20.000 en agosto de 2021. Luego otras por 12.000; 70.000 y 170.000. La última, impuesta el 22 de marzo último, fue de 15.000. $287.000 en total.
En la última presentación pidieron que se decrete la “temeridad y malicia” contra la comuna y que se lo notifique a Lavín.
En su defensa, el municipio pidió rechazar el planteo y explicó que siempre cumplió con el pago de las multas y que “ha intentado extremar las medidas para dar respuestas concretas y ciertas”. Esta vez explicaron que las obras dependen de una empresa “que puede garantizar el trabajo”.
Peruzzi desestimó los argumentos estuvo de acuerdo con los requerimientos de las demandantes. Sostuvo que a pesar del paso del tiempo no cumplieron la resolución y que el municipio “sólo se limita a abonar” las sanciones “sin abordar una solución final que permita dar por cumplida la condena”.
Además, cuestionó con énfasis a la gestión comunal en este caso. Expresó que en sus respuestas no se advierte que “contengan información clara en relación al cumplimiento efectivo de las obras impuestas” y que, por el contrario, “configuran acciones que tienden a ser dilatorias y renuentes”, en una “clara desobediencia de la sentencia judicial”.
También hizo hincapié a lo costoso que le está resultando al municipio por el pago de las sanciones con dineros públicos.
Qué es "temeridad y malicia"
En su fallo, Peruzzi describe que la figura de "temeridad y malicia" es "una sanción que se impone a quien se comporta de una manera reprochable para la ley".
En lo puntual, temeridad se aplica ante "la conducta de la parte que deduce pretensiones o defensas cuya injusticia o falta de fundamentación no pueda ignorar, de acuerdo con una mínima pauta de razonabilidad". Mientras que malicia es "aquella conducta en el proceso con una finalidad exclusivamente distorsionadora de aquél, atendiendo a la obstrucción del mismo, persiguiendo su dilación".
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