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Tras la insólita fuga en plena audiencia intentan atrapar al evadido con una nueva medida judicial

La Fiscal del caso había solicitado la prisión preventiva por representar un claro peligro de fuga por su juventud, ausencia de hijos y la disposición de recursos económicos para la fuga.

La insólita fuga de un joven condenado a seis años de prisión por abuso sexual con acceso carnal suma un nuevo capítulo. La Fiscalía de Río Negro impuso el embargo preventivo, la prohibición de innovar y la inhibición general de sus bienes, con el objetivo de impedir que se prolongue su fuga.

El hecho sucedió el jueves 28 de agosto, cuando Facundo Plos (26) participaba de una audiencia judicial desde una chacra de su familia en Villa Regina, donde cumplía las medidas cautelares impuestas. La instancia fue convocada para resolver su prisión preventiva y ante la decisión del juez de otorgarla, el imputado cortó su tobillera electrónica y escapó.

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A partir de esta situación, el Ministerio Público Fiscal impuso este martes el embargo preventivo sobre el 40% de las cuotas sociales y las ganancias generadas por una empresa de transporte y logística propiedad del imputado.

Se ordenó la prohibición de innovar sobre el porcentaje embargado, lo que implica que el Plos no podrá transferir, vender ni constituir ningún tipo de movimiento sobre sus acciones en la empresa. Además, se dispuso la inhibición general de bienes del imputado, lo que impedirá vender, hipotecar o realizar cualquier disposición sobre bienes registrados.

Muerto chacra Villa Regina
Facundo Plos participaba de la audiencia virtual desde una chacra de su familia en Villa Regina, donde cumplía las medidas cautelares que se les habían impuesto.

Facundo Plos participaba de la audiencia virtual desde una chacra de su familia en Villa Regina, donde cumplía las medidas cautelares que se les habían impuesto.

Durante la audiencia, el Ministerio Público Fiscal explicó que estas medidas buscan “Evitar el sostenimiento de la fuga y asegurar el pago de las costas que el proceso pueda tener, tal como establece el artículo 11 del Código Procesal Penal”.

Esta medida judicial impide que el imputado disponga de sus bienes para venderlos, hipotecarlos u ofrecer ganancias a cambio de acciones, para solventar económicamente su fuga y prolongar su búsqueda por parte de las fuerzas policiales.

Las disposiciones fueron notificadas a través de un oficio a la Inspección de Personas Jurídicas y a los organismos correspondientes, para garantizar que los bienes del imputado queden bajo resguardo mientras se desarrolla la causa judicial.

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Cascallares también recordó que el condenado había incumplido en varias ocasiones las medidas cautelares, entre ellas las restricciones de movimiento establecidas en la pulsera electrónica, así como las presentaciones periódicas ante la Justicia.

Cascallares también recordó que el condenado había incumplido en varias ocasiones las medidas cautelares, entre ellas las restricciones de movimiento establecidas en la pulsera electrónica, así como las presentaciones periódicas ante la Justicia.

Una fuga de película

Según confirmaron fuentes judiciales y policiales, Facundo Plos participaba de la audiencia virtual desde una chacra de su familia en Villa Regina, donde cumplía las medidas cautelares que se les habían impuesto. La audiencia comenzó a las 8 y a las 9, el juez Oscar Gatti resolvió hacer lugar al pedido de la Fiscalía y dispuso la inmediata detención del condenado.

Sin embargo, antes de que se ejecutara la orden, el joven se desconectó del Zoom, cortó el dispositivo de monitoreo y huyó de la vivienda. La situación derivó en un amplio operativo de búsqueda que incluyó a efectivos de la Comisaría Quinta, la Brigada de Investigaciones, personal de la Brigada Motorizada de Apoyo (BMA) y la división canes.

Desde las 9 se realizaron rastrillajes en inmediaciones del kilómetro Nardini y se allanó el domicilio donde Plos había participado de la audiencia.

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Las disposiciones fueron notificadas a través de un oficio a la Inspección de Personas Jurídicas para garantizar que los bienes del imputado queden bajo resguardo mientras se desarrolla la causa judicial.

Las disposiciones fueron notificadas a través de un oficio a la Inspección de Personas Jurídicas para garantizar que los bienes del imputado queden bajo resguardo mientras se desarrolla la causa judicial.

Justamente la fiscal del caso, Vanesa Cascallares había solicitado la prisión preventiva en base a los riesgos procesales existentes. Entre sus argumentos, subrayó que Plos representaba un claro peligro de fuga debido al peso de la condena, a su juventud, a la ausencia de cargas familiares y a los recursos económicos que le permitirían desplazarse tanto dentro como fuera del país.

Cascallares también recordó que el condenado había incumplido en varias ocasiones las medidas cautelares, entre ellas las restricciones de movimiento establecidas en la pulsera electrónica, así como las presentaciones periódicas ante la Justicia. “La tobillera no asegura el control que se requiere para esta instancia del proceso” advirtió acertadamente.

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