Envió una computadora a Bs. As. y el correo se la perdió: deberá ser indemnizada
Una mujer a la que un servicio de transporte de paquetería le extravió su computadora, consiguió que la Justicia fallara a su favor, por lo cual la empresa en cuestión deberá resarcir a la damnificada.
Según expresaron desde la Justicia, todo tiene inicio cuando la dueña de un comercio dedicado a la venta de revestimientos para la construcción, en Bariloche, lleva a un servicio técnico a la PC de su negocio, dado que la misma se encontraba dañada. Es así que el técnico informático, luego de revisarla, indicó que en la ciudad no había un lugar especializado para el daño que tenía el aparato, por lo que era necesario enviarla a Buenos Aires.
Te puede interesar...
De esta manera, el mismo técnico armó la caja y la mujer la despachó a través de la empresa Oca. Además, en la sucursal consultó si existía alguna posibilidad de contratar un seguro extra para el envío, dado que era frágil, pero solo le respondieron que “el seguro era el propio ticket”.
Luego de realizar el despacho, hizo el seguimiento correspondiente (a través del sistema tracking) y notó que no existían movimientos. Dado que la situación no cambiaba, volvió a concurrir a la empresa postal, otras dos oportunidades. Tras mucho insistir, el encargado le explicó que debía realizar el reclamo por la web.
Finalmente, la llamaron por teléfono y le informaron que no encontraban el paquete, que estaba extraviado. En esa conversación fue que le ofrecieron primero 3.000 pesos de indemnización, los cuales no aceptó. Luego, le ofertaron un resarcimiento de 7.000, propuesta que después fue elevada a 11.990, cifras muy lejanas al valor del bien, por lo que siguió declinando las propuestas.
Ante la situación, y teniendo en cuenta que era una herramienta laboral imprescindible, la mujer se vio obligada a comprar una nueva computadora. Luego, inició una demanda de menor cuantía en el Juzgado de Paz de Bariloche.
La empresa demandada no se presentó a la audiencia de conciliación y no compareció en el expediente. El Juzgado de Paz, entonces, tuvo en cuenta el Código Procesal Civil y Comercial, que en su artículo 806 plantea que se deben tener por reconocidos los hechos.
De esta manera, la jueza analizó los rubros a resarcir. Primero, quedó probado el daño emergente. En cuanto al daño punitivo, dice el fallo: “Resulta inconcebible que un usuario abone un precio para que una encomienda llegue a destino y ésta se extravíe. Este comportamiento demuestra un desprecio considerable por los derechos de la consumidora, lo cual torna viable la sanción con un fin ejemplificador para prevenir conductas similares en el futuro”.
Finalmente, abordó el daño punitivo y también hizo lugar en este rubro: la mujer “se vio dañada no solamente respecto del incumplimiento contractual de la demandada sino también por el contenido de la computadora dado que era su herramienta de trabajo con pérdida de información de índole laboral que no pudo ser recuperada, lo cual generó un sufrimiento y stress que debe ser reparado”.
Leé más
Bomberos denuncian que Municipio frena el sueño de su cuartel propio en Fernández Oro
Trasladaron de urgencia al intendente de Jacobacci al Alto Valle y lo operaron en Cipolletti
-
TAGS
- computadora
- Correo
- Bariloche
Noticias relacionadas
Lo más leído















