Compró una casa, esperó 15 años la escritura y la Justicia tomó una decisión clave
Pagó la vivienda, vivió allí durante años y nunca recibió la escritura. Un fallo ordenó completar la transferencia y fijó un plazo para hacerlo.
Lo que parecía un trámite que demandaría poco tiempo terminó convirtiéndose en una espera de más de 15 años. Un hombre compró una vivienda en San Antonio Oeste, abonó la totalidad del precio y comenzó a vivir en el inmueble, pero nunca recibió la escritura que acreditaba su propiedad.
Cansado de esperar y tras varios intentos sin respuesta, acudió a la Justicia. Ahora, un fallo del fuero Civil de General Roca ordenó completar la transferencia del inmueble.
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Un acuerdo que quedó incumplido
La operación se concretó en 2009 mediante un contrato de cesión de derechos y acciones hereditarios y gananciales, ya que la titular registral de la vivienda había fallecido y la propiedad formaba parte de una sucesión.
Las partes dejaron establecido que la escritura se firmaría una vez finalizado ese proceso sucesorio. Además, en el contrato quedó asentado que el comprador había pagado el precio total de la vivienda.
La declaratoria de herederos se dictó en 2010, pero la escritura nunca se concretó.
Intentó resolverlo sin juicio, pero no obtuvo respuestas
Antes de iniciar la demanda, el comprador intimó a los herederos para que cumplieran con lo pactado y firmaran la escritura.
Sin embargo, no obtuvo ninguna respuesta. Incluso, cuando el caso llegó a la Justicia, los herederos tampoco contestaron la demanda y fueron declarados en rebeldía.
Qué resolvió el juez
Al analizar el expediente, el magistrado entendió que, más allá del nombre elegido para el contrato, el acuerdo reunía todos los elementos de una verdadera compraventa inmobiliaria.
Destacó que la vivienda estaba perfectamente identificada, existía un precio determinado y el objetivo era transferir definitivamente la propiedad.
Por ese motivo, hizo lugar a la demanda de escrituración y ordenó que los herederos otorguen la escritura pública en un plazo de 45 días.
¿Qué pasa si los herederos no firman?
El fallo también prevé qué ocurrirá si persiste el incumplimiento.
En primer lugar, podrán aplicarse sanciones económicas contra los herederos que no comparezcan. Y si aun así no cumplen con la orden judicial, el propio juez quedará habilitado para firmar la escritura en su reemplazo, permitiendo que la transferencia del inmueble finalmente quede regularizada.
De esta manera, la resolución busca poner fin a una espera de más de una década y media para un comprador que ya había cumplido con su parte del acuerdo desde 2009.
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