Techo Digno: arrancó el juicio contra Juan Reggioni
El exintendente de Fernández Oro es juzgado por el presunto desvío de $50 millones para obras de viviendas. También está acusado el empresario que debía realizar las obras.
El ex intendente de Fernández Oro, Juan Oscar Reggioni, es juzgado una vez más por presuntas irregularidades en su gestión. En este caso, es juzgado por la megacausa Techo Digno junto al empresario de la construcción, Néstor Sarasola.
A Reggioni se lo acusa por el manejo de los fondos correspondientes al programa Techo Digno. Según la acusación, entre el año 2014 y 2015, se desviaron fondos públicos de manera irregular que estaban destinados a la construcción de 50 viviendas en el marco de dicho programa habitacional federal.
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El ex jefe comunal está imputado a título de autor por el delito de administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública, en concurso real con el delito de peculado. El empresario, titular de la constructora Eraiki S.A, enfrenta los cargos por el delito de administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública, en carácter de partícipe necesario.
En los alegatos de apertura, el fiscal jefe indicó que durante el juicio van a demostrar cuáles eran las obligaciones a las que se había comprometido Reggioni explicando que "él tenía a su cargo dinero que no era propio y del cual no podía disponer como él quisiera".
Expresó que el ex intendente firmó un convenio con Nación para la construcción de 50 viviendas, bajo el sistema de Techo Digno, que involucra entre sus obligaciones una licitación pública de empresas y la generación de los contratos correspondientes. "Es decir, había reglas a las cuales someterse y cumplir".
“Vamos a demostrar las irregularidades que hubo y que (el mandatario) debería haber actuado de otra manera. Además, hacerle saber al pueblo de Fernández Oro que desde Nación se remitió la totalidad de los fondos”, indicó el fiscal.
Añadió que esta administración fraudulenta conlleva que el empresario, también imputado, recibiera sobrepagos. “Cuando hay una obra pública la forma del pago está establecida en la ley, y el constructor que acepta sabe cuáles son las reglas a cumplir. Sarasola sabía que se estaba ejecutando de manera irregular la obra y que recibía más de lo que debían según la ley y, de todas formas, participó”, explicó.
Los defensores particulares indicaron en sus alegatos que no existió dolo y que el dinero que recibió el Municipio no fue fugado de las arcas municipales. El defensor del empresario afirmó que la diferencia entre el dinero recibido y el avance de la obra fue mínimo y cuestionó la fórmula utilizada para la mediación y evaluación, mientras que el abogado del ex jefe comunal dijo que su defendido actuó bajo la normativa aprobada por el Concejo Deliberante.
Según la defensa del empresario, la suma percibida era inferior al avance técnico (los trabajos realizados) considerando los precios redeterminados. La obra ejecutada en el momento de las presuntas irregularidades era el 27,68% del proyecto, mientras que los pagos a precios redeterminados era el 25,32% del contrato. "El perjuicio a la empresa es aún mayor al considerar los gastos improductivos de más de un año de paralización de los trabajos por falta de pagos", se planteó en la audiencia.
La defensa sostuvo que la "fiscalía no ha acreditado, siquiera mínimamente, la existencia de dolo por parte del ingeniero Sarasola (requisito fundamental del delito de administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública). Además, no ha existido perjuicio alguno para la administración pública provincial o municipal (el otro requisito que debe concurrir necesariamente, para la tipificación del delito)", se planteó.
Sobre la segunda acusación contra el ex intendente por el delito de peculado, la parte acusadora explicó que esta figura es una herramienta "que protege el recto funcionamiento y la transparencia de la administración pública sin requerir beneficio directo alguno". En consecuencia, sanciona a los funcionarios que no obren bajo "de manera transparente" en un contexto en el que además "la esfera de custodia de los fondos estaba claramente delimitada".
La causa Techo Digno
Según la acusación del Ministerio Público Fiscal, los hechos investigados ocurrieron entre marzo y diciembre de 2015, cuando el Municipio de Fernández Oro, representado por su entonces intendente Juan Reggioni, recibió más de 18 millones de pesos provenientes del Programa Federal de Viviendas Techo Digno. Dichos fondos estaban destinados exclusivamente a la construcción de unidades habitacionales, conforme al Acuerdo N° 2157/2014 firmado con la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda de la Nación.
La Fiscalía sostiene que una parte de esos fondos fue administrada en forma irregular y destinada a pagos indebidos a la empresa Eraiki S.A., representada por el empresario Sarasola, sin la debida certificación de avance de obra. Se indicó que se abonó el 30,12 % del contrato cuando el avance real, constatado posteriormente por inspecciones provinciales, no superaba el 27,68 %. Esta diferencia representaría un sobrepago estimado en más de 83 millones de pesos actualizados. Asimismo, se investiga el desvío de más de 8 millones de pesos a obras no previstas en el convenio original y transferencias a otras cuentas municipales, lo que configura el segundo hecho imputado como peculado.
La cantidad de testigos convocados durante todo el debate suman 28 y está previsto que finalice el miércoles 11 de febrero con los alegatos de clausura. Entre los testigos requeridos por la Fiscalía se encuentran un ex intendente de Fernández Oro, personal del IPPV, funcionarios municipales, ingenieros, contadores y arquitectos.
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