Le pegó una piña al entrenador porque no ponía a su hijo de titular
Se metió a la cancha donde jugaban los niños y atacó al técnico. El agresor cumplió las pautas de una probation, entre ellas el pago de $10 mil, y fue sobreseído.
Un empleado petrolero de 36 años agredió al entrenador de fútbol de su hijo porque no lo incluía en el equipo. Ocurrió en Catriel el 2 de febrero de 2023, alrededor de las 19:20, en un predio ubicado en La Habana y Av. Libertad, al norte de la localidad petrolera rionegrina.
El hombre se metió a la cancha mientras había un montón de chicos jugando, la esposa del técnico y un colaborador, y comenzó a discutir con él porque no ponía al hijo.
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Pero estaba en estado era “alterado y agresivo”, indica un reciente dictamen judicial, por lo que le dio un empujón que lo hizo caer al suelo y, tras insultarlo, le dio una piña en el rostro, que le provocó una lastimadura en la comisura de la boca.
Sin embargo no se conformó, porque antes de irse le advirtió: “ … los voy a hacer cagar, cuando me los cruce los voy a cagar a trompadas…”.
Una probation al agresor
El agresor fue imputado por el delito de lesiones leves, y en julio de ese año le otorgaron una suspensión de juicio a prueba, proceso también conocido como probation, con el cumplimiento de pautas de conducta por el término de un año.
Fue una propuesta que presentó su abogado defensor Angelo Zamataro Amaranto, y que consistió en un pago de 10 mil pesos a la víctima en carácter de reparación y la prohibición de acercamiento, además del resto de las pautas de rigor: no cometer nuevos delitos, fijar domicilio, presentaciones trimestrales en la comisaría local y no consumir drogas ni alcohol en la calle.
La propuesta fue aceptada por la fiscal Andrea Bolognese y la abogada querellante Stella Maris Braco, por lo que contó con el aval de la jueza María Agustina Bagniole.
Pedido de sobreseimiento
Días atrás se realizó una nueva audiencia en la que el defensor del imputado solicitó su desvinculación definitiva del hecho, dado el tiempo transcurrido y el agotamiento de su plazo y también por el cumplimiento de las pautas de conducta impuestas.
La Fiscalía no objetó el requerimiento al coincidir respecto al cumplimiento de las medidas de comportamiento.
La magistrada resolvió que correspondía aprobar el pedido de las partes y dictó el sobreseimiento del petrolero. También declaró que el proceso “no afecta el buen nombre y honor que pudiera gozar”, tal como se lo exige el Código Penal.
Fuentes judiciales destacaron que en el caso el enfoque adoptado “priorizó resolver el conflicto primario, sin avanzar hacia una pena tradicional, pero con reglas estrictas de cumplimiento obligatorio”.
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