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Empleada de comercio denunció que el patrón la besó y manoseó sin su consentimiento

La mujer aseguró que el hombre la abordaba mientras trabajaba. El hombre negó todo, pero dictaron medidas para resguardar a la víctima.

El propietario de una vinería de una localidad rionegrina fue denunciado por una de sus empleadas por abuso sexual. Contó que recibía comentario e “insinuaciones con contenido sexual”. Pero fijó su relato en dos episodios que se produjeron en octubre del año pasado. La primera vez ocurrió en la parte trasera del local, donde la agarró y comenzó a besarla y abrazarla. A los pocos días le ordenó que fuera al mismo lugar y la volvió a besar y la levantó “tocándome la espalda y la cola...", hasta que logró zafarse. Todo fue sin su consentimiento destacó.

“…no sabía cómo decirle que no, le dije que no quería, que yo solo trabajaba...", recordó.

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Sin embargo, agregó que el comerciante no se conformó y siguió con sus intentos por seducirla y hasta le envió mensajes preguntándole “qué hacía hoy”, a lo que ella le contestó "nada me voy a casa, y vos? salís jaja".

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El edificio judicial de la ciudad rionegrina de Choele Choel. 

El edificio judicial de la ciudad rionegrina de Choele Choel.

El rechazo no pasó desapercibido porque desde entonces la mujer sostuvo que el acusado, identificado con las siglas SDR, comenzó a quitarle horas de trabajo, a decirle que tenía quejas de la gente y que la iba a pasar a tareas de limpieza.

Pero además la relación laboral se deterioró aún más luego de que junto a otra compañera pidieran aumento de sueldo. La suba fue otorgada, añadió, pero a ella no fue incluida.

Le preguntó entonces el porqué de esa decisión y si tenía relación con la desestimación de su cortejo, y él le contestó que “eso era mentira y que me iba a denunciar por calumniadora...".

Intervención de Trabajo

La denuncia fue presenta el último 11 de diciembre en la Comisaría de la Familia de Choele Choel, aunque los hechos se registraron la Luis Beltrán, una de las localidades del Valle Medio provincial.

La causa se encuadró en lo que dispone la Ley 26.485, sobre la “Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales”, y se le dio intervención a la Justicia de Paz para que prosiga su tratamiento.

Paralelamente formalizó una demanda laboral que dio inició un expediente en la Secretaría de Trabajo de la misma ciudad.

Otra mujer y el mismo relato

La víctima luego hizo una ampliación de la denuncia y mencionó a una testigo, ex empleada del mismo negocio, que también habría atravesado una situación similar.

Esa mujer también fue convocada a prestar declaración, y si bien señaló que no conocía a la denunciante y que no le constaba lo que había relatado, admitió que le cree porque a ella también había sufrido el acoso de SDR cuando trabajó con él.

Describió que había utilizado la misma estrategia, con insinuaciones y comentarios como "...podemos irnos de viaje juntos sin que se entere mi esposa...". Agregó que con el tiempo fue entrando en confianza e intentó abrazarla, besara y “en tres oportunidades el me tocó”.

Detalló que “metía la mano por debajo de la remera como intentando tocarme los pechos”.

Además, resaltó que era habitual que la amenazara con echarla y que lo mismo que la otra mujer comenzó a reducir las horas de trabajo. Admitió que no quiso realizar denuncia en principio porque necesitaba el trabajo y luego porque iba a implicar continuar teniendo contacto con él.

El acusado negó todo

SDR también fue citado a una audiencia para que brinde su versión y, asistido por un abogado, negó todos los cargos.

Al ingresar en el análisis del caso, el responsable del Juzgado de Paz por empezar contempló que la relación de empleada-patrón estaba confirmada y que los hechos descriptos sucedieron en ese contexto.

Asimismo, precisó el funcionario de turno, el abordaje debía realizarse con perspectiva de géneros como indica una Acordada y que se debe evaluar “con especial énfasis y valoración el testimonio de las mujeres como posible única prueba directa de los hechos”.

En este marco resolvió una serie de medidas por el lapso de 60 días para resguardar a la mujer. Entre ellas ordenó a SDR “el cese de todo acto de perturbación e intimidación que directa o indirectamente atenten contra la integridad física, psíquica, emocional, económica y sexual y/o cualquier otro tipo de violación a los derechos de la víctima”.

Tampoco debe provocar actos molestos o perturbadores mediante llamadas y mensajes telefónicos, ni efectuar actos de intimidación, amenazas o vigilancia.

El magistrado además pidió la intervención del Ministerio Público Fiscal ante la posibilidad de que el hombre hubiera cometido un delito de acción pública, como también a la Oficina del Fuero Laboral de General Roca para que atienda la demanda laboral.

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