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LMCipolletti engaño laboral

Lo indemnizan con más de $600 mil por engaño laboral

Un minimercado lo hacía trabajar todo el día, pero lo había registrado por "media jornada".

Un trabajador deberá ser indemnizado con más de 600 mil pesos por un minimercado que lo despidió luego de pedir su regularización laboral. El fallo fue dictado por la Cámara del Trabajo de Cipolletti.

De acuerdo con lo informado por el Poder Judicial, el empleado se desempeñaba en un local comercial de la zona, estaba registrado bajo la categoría “media jornada” pero cumplía funciones tanto a la mañana como a la tarde. Cuando se asesoró en la Secretaría de Trabajo y reclamó la regularización, lo despidieron.

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Durante el juicio laboral probó mediante la declaración de algunos clientes que se ofrecieron como testigos que él se desempeñaba en jornada completa. Los jueces de la Cámara del Trabajo fallaron a favor y la persona que fue su empleadora deberá abonarle la suma de $616.169,96 más intereses.

Los magistrados consideraron diferencias remuneratorias, remuneraciones correspondientes a los días trabajados en el mes de septiembre de 2015, liquidación final, indemnizaciones derivadas del despido y previstas por los artículos 1° y 2° de la ley 25.323 la Ley de Contrato de Trabajo.

El empleado había ingresado a trabajar bajo relación de dependencia el 1° de junio de 2006 y el vínculo laboral se interrumpió el 15 de septiembre de 2015. Cumplía una jornada de lunes a sábados de 9 a 13 y de 17:30 a 21:30 y los domingos de 9 a 13.

Los clientes que se presentaron como testigos dieron cuenta de que el hombre atendía el minimercado tanto durante el turno mañana como en horas de la tarde.

Para los jueces, se “logró acreditar con las declaraciones testimoniales rendidas que se desempeñó bajo el régimen de jornada laboral que denunció, por tanto resulta ajustada a derecho su conducta de considerarse despedido por el incorrecto registro del vínculo”.

De manera enfática, indicaron que “la opinión doctrinaria sostiene que la incorrección de los datos incluidos en el registro laboral opera como un grave incumplimiento si, después de ser intimado el empleador, no satisface el requerimiento de ser acreditado, operando como un verdadero motivo justificado la denuncia motivada por parte del trabajador afectado del contrato de trabajo”.

Lo despidieron tras el reclamo

A la hora de brindar precisiones sobre su reclamo y el fin de la relación contractual con el comercio, el trabajador consignó que luego de concurrir a la Secretaría de Trabajo solicitó a su empleador que lo registrara correctamente, de acuerdo con las horas que cumplía durante la semana. Después de esa solicitud no lo dejaron ingresar al comercio y, cartas documento mediante, se consideró despedido.

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