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Entró en vigencia la prohibición de petardos ruidosos

A partir de las próximas fiestas de fin de año, la única pirotecnia permitida será la luminosa, que se podrá comercializar entre el 20 de diciembre y el 6 de enero.

Desde la Dirección de Comercio de la Municipalidad se informó que ya está en vigencia la nueva normativa que regula la comercialización, distribución, tenencia, portación, depósito y uso público o privado de artículos de pirotecnia.

Esta ordenanza establece que queda prohibido todo tipo de artificio pirotécnico audible, entre los que se destacan petardos, fósforos, baterías, estallo, volcán de efecto combinado, fuente de efecto combinado, mortero, candela, mortero con bomba, bomba, fogueta, torta, caña voladora y giratorio, entre otros.

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Desde el Municipio aclararon que los únicos artificios pirotécnicos que están permitidos son los luminosos, siempre y cuando estén autorizados por la Anamc (ex Renar).

Además, recordaron que la comercialización de estos productos está permitida únicamente durante el período comprendido entre el 20 de diciembre de cada año y el 6 de enero del año siguiente.

Los interesados en comercializar este tipo de artículos tendrán tiempo para inscribirse hasta el 30 de noviembre de cada año. Para tal fin, se deben acercar al Departamento de Comercio, que funciona en la planta baja del edificio de calle Brentana 571.

También informaron que está prohibida la venta de pirotecnia de manera ambulante y a menores de 16 años en cualquier lugar. “Cumpliendo las normativas evitarán inconvenientes”, subrayaron desde el Municipio.

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