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El joven que chocó y mató a Brenda Jaque pasará cuatro años tras las rejas

Gustavo Nicolás Linares fue condenado a 4 años de prisión efectiva y 8 de inhabilitación para conducir.

La Justicia impuso ayer la pena de 4 años de prisión efectiva y 8 de inhabilitación para conducir a Gustavo Nicolás Linares, el joven que chocó y asesinó a Brenda Jaque. En julio, el joven había sido declarado culpable del delito de “homicidio culposo agravado por la conducción imprudente y antirreglamentaria de un vehículo automotor, agravado por haberse dado a la fuga y por haber excedido en más de 30 km/h la velocidad máxima permitida en el lugar del hecho”.

En la audiencia, los jueces Laura Pérez, Oscar Gatti y Fernando Sánchez Freytes dieron a conocer su decisión sobre el monto de la pena que deberá cumplir el imputado, quien se encuentra detenido con prisión preventiva. Para esta instancia, el fiscal del caso Luciano Garrido había solicitado 4 años y 6 meses de prisión efectiva, mientras que el abogado por la parte querellante, Marcelo Hertzriken Velasco, había requerido 5 años y 6 meses de prisión. La defensa, ejercida por Carlos Vila, había solicitado el mínimo legal de 3 años de prisión en suspenso.

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La escala penal para el delito atribuido a Linares era de 3 a 6 años de prisión. El lunes al mediodía los jueces dictaron su veredicto sobre la pena siguiendo los últimos precedentes del Superior Tribunal de Justicia y el Tribunal de Impugnación, valorando detalladamente las circunstancias atenuantes y agravantes del caso.

Los agravantes

En primer lugar, aclararon que el exceso de velocidad y la fuga del lugar del choque fueron agravantes ya valoradas en julio pasado, en la declaración de culpabilidad, porque están incluidas en el delito mismo por el cual fue condenado Linares. En consecuencia, no deben valorarse ahora como nuevas agravantes para definir el monto de la pena.

Sin embargo, explicaron los jueces, en esta instancia sí corresponde evaluar la “pluralidad de agravantes” que coexisten en el mismo hecho y la “intensidad” de las infracciones. “El hecho pudo cometerse sin agravantes, con una sola agravante o con más. En el presente se acreditó la presencia de dos agravantes y ello incide negativamente en el monto de la pena”, indicaron.

En el mismo sentido, analizaron que la agravante por exceso de velocidad “se configura al superar en 30 km/h la velocidad máxima permitida en la zona de ocurrencia del hecho”. El choque ocurrió en el acceso Martín Fierro de Allen, entre la Ruta Provincial 65 y la Calle Rural 4.

Si se equipara ese tramo con una avenida de zona urbana, la velocidad máxima era de 60 km/h. Si se lo considera una arteria en zona rural, la máxima legal era de 110 km/h. Como sea, “en el presente caso, la velocidad probada fue de 170 km/h (...), reveladora de (...) un mayor desprecio por la norma”, precisaron los jueces.

También valoraron que “el suceso ocurrió durante un fin de semana, de noche, y en (...) un camino de ingreso desde la Ruta Nacional a una de las ciudades importantes del Alto valle”, y el “desprecio por la suerte de terceras personas”, pues Linares iba con dos acompañantes en el auto.

Otra fue “la inexistencia de algún motivo (urgencia) que pudiera habilitar algún tipo de exceso”, pues el joven salía de una reunión de amigos y se dirigía a cargar nafta al momento del siniestro.

Por último, los jueces evaluaron “la extensión del daño causado”, debido a que la víctima era “una persona joven y con cargas de familia”: tenía 24 años y era madre de un niño pequeño.

Atenuantes

Las valoraciones favorables fueron que Linares no registra antecedentes penales ni causas en trámite de ningún tipo y que “la defensa demostró que el imputado tenía hábitos familiares, de trabajo habitual, sin episodios previos que revelen una personalidad violenta o conflictiva, lo que evidencia que el presente hecho, además de ser un delito de índole culposo (es decir, no intencional), se presenta como un episodio aislado en su vida”.

También pesó como atenuante “su juventud” -tenía 20 años al momento del hecho- y su consecuente “relajamiento de la capacidad reflexiva”.

Se valoró, por último, “su reconocimiento de responsabilidad desde el inicio del proceso (...) lo que evidencia colaboración en la resolución del caso” y “la correcta impresión personal del imputado que ha tenido el tribunal durante el juicio y al declarar”.

El hecho

El accidente fatal ocurrió el 24 de noviembre de 2018 cerca de las 5 de la mañana cuando el imputado manejaba un Gol color negro por calle Martín Fierro, en el trayecto entre la Ruta 65 y Calle 4. Debido a que se encontraba bajo los efectos de estupefacientes, perdió el control del vehículo al intentar realizar una maniobra de sobrepaso.

En esas circunstancias colisionó desde atrás a una motocicleta que circulaba en la misma dirección, la cual era conducida por Brenda Jaque. El joven se dio a la fuga sin intentar socorrer a la victima, quien murió en el lugar a consecuencia de las graves heridas.

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