Condenan a banco por señalar como moroso a cliente
No le otorgaron un préstamo y presentó una demanda. Deberán pagarle $8 mil por sus reclamos.
Un cliente de una entidad bancaria promovió una demanda ya que, por una información errónea, figuraba con una calificación negativa en la base de datos y eso le impidió tomar un crédito. Ahora tendrán que indemnizarlo por la suma de $8000 en concepto de daños moral y punitivo. El caso ocurrió en Cipolletti.
La situación crediticia ante el Banco Central de la República Argentina (BCRA) era la de "seguimiento especial riesgo bajo", y eso se debía a un estado de mora inexistente, según probó el cliente. El hombre adujo que posee cuentas sueldo ante el Banco Patagonia y que está adherido al débito automático. En consecuencia, "cada vez que se le acredita el salario, es el mismo banco el que le hace el descuento automático". Por ello aseguró que era improbable atrasarse en sus pagos.
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A raíz de la supuesta mora, el BCRA lo calificó de manera negativa bajo la "situación 2". En consecuencia, cuando se encontraba tramitando un crédito ante otra entidad, se lo negaron debido a esa condición.
La demanda se presentó en el Juzgado de Paz bajo el mecanismo de menor cuantía y la jueza Gabriela Lapuente resolvió condenar al Banco Patagonia a pagarle al cliente la suma de $8000, que incluyó daño moral ($3000) y daño punitivo ($5000).
En la sentencia se resaltó que "en el caso la demandada ha informado indebidamente una situación crediticia y dicha circunstancia continuó al menos hasta la fecha del informe presentado por el actor hasta el mes de octubre de 2019, aun ante los reclamos que el mismo realizó, habiéndose probado el trámite ante la OMIC (Oficina Municipal de Información al Consumidor). Esto es, la demandada tiene conocimiento de la situación, como mínimo, desde el mes de noviembre del año 2018, lo cual posee -a mi criterio- una entidad suficientemente grave".
Desde el Poder Judicial recordaron que las acciones de menor cuantía permiten a los ciudadanos resolver reclamos de una manera más rápida, sencilla y en cualquier ciudad, pueblo o paraje que cuente con un Juzgado de Paz. El procedimiento es gratuito para garantizar el acceso a la justicia. Además, es informal y respeta los principios de bilateralidad, igualdad y colaboración.
Desde hace poco más de un año se amplió la suma para realizar el trámite de menor cuantía y ahora contempla reclamos de hasta 30 mil pesos.
La menor cuantía como una alternativa
Los procesos de menor cuantía son verdaderos juicios del ámbito Civil y Comercial que, por sus particulares características, tiene un trámite simplificado y gratuito ante cualquiera de los 49 Juzgados de Paz que funcionan en la provincia.
Estos procesos se inician ante el Juzgado de Paz con un formulario, que tiene el valor legal de una demanda, en el que se especifica el monto reclamado a la otra persona, empresa u organismo.
Asimismo, la ley ha excluido del procedimiento de menor cuantía las acciones judiciales por sucesión, familia, laborales y desalojo.
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