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Compró un horno eléctrico que no calentaba lo suficiente y demandó a la empresa

La compra fue hecha por un vecino de Cipolletti.

Un cipoleño, quien compró un horno eléctrico el cual no calentaba lo suficiente, obtuvo un fallo favorable por parte un Juzgado de Paz, con lo cual la empresa en cuestión deberá indemnizarlo con una suma mayor a la compra inicial.

Según la información de fuentes judiciales, el hombre había adquirido el artículo para utilizarlo en un emprendimiento comercial. Sin embargo, cuando se dispuso a utilizarlo, el mismo no calentaba lo suficiente, por lo cual inició su reclamo.

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Si bien en un principio el usuario fue enviado al servicio técnico para que repararan el horno eléctrico, pero al notar que el artefacto seguía sin funcionar correctamente, llevó su reclamo a Defensa del Consumidor, y luego a un Juzgado de Paz, en donde se dio lugar a una demanda de menor cuantía.

El Juzgado de Paz de Cipolletti resolvió la demanda a favor del estudio jurídico.

El fallo a favor del damnificado consideró el tiempo transcurrido entre que se advirtió el mal funcionamiento, se envió el electrodoméstico al service y el cliente lo retiró, por lo que la sentencia no solo consideró el valor del horno sino los intereses por el plazo de un año. Esos intereses superan el valor inicial de la compra.

Las acciones de menor cuantía permiten a la ciudadanía resolver reclamos de una manera más rápida, sencilla y en cualquier ciudad, pueblo o paraje que cuente con un juzgado de Paz.

El procedimiento es gratuito para garantizar el acceso a la justicia. Además, es informal y respeta los principios de bilateralidad, igualdad y colaboración.

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El Poder Judicial rionegrino tiene 49 Juzgados de Paz, extendidos en todo el territorio provincial. Constituyen, en muchos casos, la opción más cercana a la hora de resolver conflictos vecinales o realizar determinados trámites.

Los procesos de menor cuantía se inician en los juzgados de Paz con un formulario en carácter de demanda, a través del cual se reclama un monto en pesos a la contraparte. El monto máximo previsto para los procesos de menor cuantía es de 300 mil pesos.

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