La Justicia responsabilizó a la ART por el accidente de una trabajadora cipoleña
La Justicia reconoció el accidente laboral de una cocinera en Cipolletti y ordenó a la ART indemnizarla por las secuelas permanentes que sufrió.
Una jornada laboral común terminó en una larga pesadilla para una trabajadora de Cipolletti. El incidente ocurrió en septiembre de 2021, mientras cumplía funciones como peón de cocina en un establecimiento gastronómico de la ciudad. Al trasladar una bandeja, resbaló y cayó al suelo. La consecuencia resultó en una fractura de rótula, rotura de menisco y otras lesiones en su rodilla derecha, que derivaron en tres intervenciones quirúrgicas.
Desde entonces, la mujer inició un recorrido que atravesó distintas instancias médicas, administrativas y judiciales. Solo después de más de dos años, la Justicia laboral resolvió su situación y reconoció que el accidente había ocurrido en el marco de la relación laboral, lo que obliga a la aseguradora de riesgos del trabajo (ART) a indemnizar por las secuelas incapacitantes que le quedaron.
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La empleada se había incorporado al equipo en septiembre de 2021 y trabajaba a jornada completa. Su empleador tenía contratado el servicio de una ART que debía cubrir cualquier eventualidad laboral. Tras la caída, la mujer recibió atención médica, sesiones de rehabilitación e incluso fue intervenida quirúrgicamente.
Sin embargo, cuando parecía encaminada hacia una recuperación progresiva, un nuevo episodio complicó aún más su estado de salud: al bajar de un colectivo mientras se dirigía a rehabilitación, las puertas se cerraron sobre su rodilla lesionada, agravando la situación y generando la necesidad de una nueva cirugía.
Secuelas permanentes y el recorrido en la Justicia
La trabajadora recibió el alta en agosto de 2023, pero con secuelas permanentes. Por ello, decidió llevar el caso a la Justicia y reclamar una indemnización por incapacidad, además del reconocimiento de nuevas patologías derivadas del accidente y un resarcimiento por daño punitivo. También cuestionó artículos de la ley de riesgos del trabajo por considerarlos inconstitucionales.
La ART negó responsabilidades adicionales. Alegó que había cumplido con todas sus obligaciones, puso en duda el grado de incapacidad y sostuvo que la trabajadora presentaba antecedentes médicos previos al vínculo laboral. La discusión se centró entonces en la pericia médica.
El tribunal designó un perito oficial, quien evaluó la historia clínica, examinó a la trabajadora y determinó una incapacidad permanente parcial del 15,9%, con nexo causal directo con el accidente laboral. También indicó que las secuelas estaban consolidadas y que no eran necesarios nuevos tratamientos. A pesar de que ambas partes impugnaron este informe, el tribunal le otorgó plena validez al considerar que cumplía con los requisitos técnicos y legales.
Con ese respaldo pericial, la Cámara del Trabajo de Cipolletti aplicó la fórmula indemnizatoria establecida en la Resolución 332/2023 del Superior Tribunal de Justicia (STJ) y resolvió condenar a la aseguradora al pago de una suma en concepto de incapacidad laboral, intereses y el adicional previsto por ley. Además, impuso a la ART el pago de las costas del proceso.
El fallo representa una reparación parcial para la trabajadora, quien debió esperar más de dos años para que se reconozca judicialmente el impacto de su accidente laboral.
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