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Ratifican el desalojo de la mujer que denunció violencia de género

El juez entendió que debe entregar el inmueble a su ex pareja, quien es discapacitado y trabaja en un taller ubicado en el mismo predio. La mujer deberá abandonar el lugar en la semana.

El Juzgado de Familia de Cipolletti ratificó la decisión de que una mujer que dijo ser víctima de violencia de género abandone la casa en la que vive para que sea ocupada por su ex pareja. Aseguran que el inmueble es del hombre, quien sufre una discapacidad, y debe trabajar en el taller lindante a esa casa para poder solventar su tratamiento.

El juez Benatti le dio la razón a un hombre de Cinco Saltos que está ciego y necesita volver a su casa porque en ese mismo predio se desempeña como mecánico. La propiedad le pertenece ya que la heredó de sus padres, y allí terminó viviendo su ex esposa taras divorciase. Aseguró que en la pareja hubo denuncias de violencia cruzadas y que ahora ella deberá abandonar el inmueble para que él pueda vivir y trabajar allí.

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El fallo de la Cámara de Apelaciones en lo Civil destacó que hubo denuncias mutuas, pero sin la existencia de actos de violencia física. Incluso se describieron roturas de vidrios, insultos y el choque de un automóvil. El hombre y la mujer se divorciaron y en un acuerdo de mediación ella se quedó “transitoriamente” con la casa. Las fuentes con acceso al expediente explicaron que la vivienda y el taller son del hombre y que la mujer no tiene ni tendrá ningún derecho sobre ese predio.

El fallo de la Cámara Civil estableció que la exclusión que dictó el juez Benatti está firme porque en la audiencia de apelación la mujer aceptó que la vivienda no le pertenecía y prometió que se iría en abril. Como la mujer no cumplió ese acuerdo, el juez de familia dictó la exclusión pero después quedó suspendida por nuevas denuncias ante la fiscalía de Cinco Saltos. Cuando el fiscal contestó los informes que pidió el magistrado nuevamente se libró una orden para que la mujer abandone la vivienda en 48 horas. Ello aún no cumplió aunque sería inminente.

Los jueces consideraron que en el caso el sujeto más vulnerable es él, persona con discapacidad, que depende de su trabajo en el taller mecánico para poder afrontar los gastos de su enfermedad, y quien es propietario de la vivienda.

“Las normas que protegen a la mujer se enraizan con fundamento en la necesidad de proteger a la misma de situaciones de discriminación, sobre la base de los estereotipos de género, la estigmatización, las normas culturales dañinas y patriarcales y la violencia basada en el género, que afectan particularmente a las mujeres y que tienen efectos adversos sobre la capacidad de éstas para obtener acceso a la justicia en pie de igualdad con los hombres. Aquí la cuestión no es dirimida bajo tales parámetros discriminatorios, por el contrario, se pondera la necesidad y situación del sujeto más vulnerable. El sujeto frágil no siempre resulta ser una mujer por el solo hecho de ser tal”, dice el fallo.

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