Un padre ocultaba ingresos y le impusieron el castigo en la cuota alimentaria
No participa de la crianza de su hija y declaraba ingresos menores a los reales. La Justicia tuvo en cuenta esos antecedentes al fijar la cuota alimentaria.
En un fallo que pone la lupa sobre la violencia económica y la falta de responsabilidad parental, la Justicia de Familia de Villa Regina dictó una sentencia ejemplar contra un hombre que, aprovechando la informalidad de ciertos cobros, intentaba eludir su responsabilidad en la cuota alimentaria.
El tribunal determinó que el demandado ocultaba parte de su capacidad económica mientras la madre de su hija sostenía el hogar en condiciones de extrema precariedad.
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La historia detrás del expediente es la de una lucha desigual. Durante años, una mujer de Villa Regina enfrentó en soledad la crianza de su hija, un camino que comenzó con un embarazo de alto riesgo y continuó bajo la sombra de la violencia de género.
El expediente judicial constató que la mujer construyó con esfuerzo un pequeño espacio para vivir con su hija mientras lidiaba con las secuelas físicas de una operación compleja. El padre, —empleado de una empresa de servicios petroleros— mantuvo una presencia casi nula y aportó sumas de dinero ínfimas de manera arbitraria.
El engaño, bajo la lupa de la Justicia
El punto central de la demanda fue la capacidad económica real del padre. En el ámbito de los servicios petroleros, es común la percepción de ingresos variables, bonos y adicionales. Según se desprendió de la investigación, el hombre intentaba hacer pasar sus aportes mínimos como el límite de sus posibilidades. Sin embargo, el análisis de sus movimientos bancarios fue la pieza clave que desmoronó su estrategia.
El Poder Judicial logró acreditar que, más allá de lo declarado formalmente, el hombre percibía montos mensuales y pagos adicionales que no figuraban en sus registros básicos. Aunque no posee bienes suntuosos a su nombre, el flujo de dinero en sus cuentas permitió a la Justicia inferir una solvencia muy superior a la que pretendía hacer creer en el proceso.
La conducta del hombre, su ausencia en el proceso y su incumplimiento previo no son meras negligencias; constituyen una forma de violencia que impacta directamente en la calidad de vida de la menor, se desprende del fallo judicial.
La cuota alimentaria
Uno de los pilares más innovadores y contundentes del fallo es el reconocimiento del valor económico de las tareas de cuidado. La Justicia rionegrina subrayó que la madre no solo aporta los recursos que faltan, sino que asume de forma exclusiva la educación, la alimentación y el bienestar diario de la niña.
Este esfuerzo, que a menudo es invisibilizado, fue ponderado por el tribunal para fijar el porcentaje del 45% de los ingresos del padre como cuota alimentaria. La sentencia contempla que para un padre ausente que no ejerce el cuidado directo, la responsabilidad económica debe ser mayor para compensar la carga desproporcionada que recae sobre la madre, especialmente cuando ella presenta limitaciones de salud que reducen su capacidad laboral.
El contexto de la demanda no fue ajeno a los antecedentes de violencia. El hombre ya contaba con medidas judiciales previas y una condena penal por amenazas y desobediencia. Esta trayectoria de hostigamiento fue considerada por el tribunal como un agravante de su actitud reticente a cumplir con la cuota alimentaria.
El fallo finalmente se fundamentó en el Interés Superior de la Niña, garantizando que el monto fijado acompañe las variaciones de ingresos del obligado. De esta manera, se evita que futuros aumentos salariales o bonos "en negro" queden fuera del alcance de la cuota alimentaria para su hija.
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