Profesora de yoga se quejó por el algarabía de los hijos del vecino: asegura que le dificultan la concentración
La mujer acudió a la Justicia de Paz para para reclamar que el bullicio de los menores le impide dar clases y realizar prácticas. Ya habían intentado una mediación sin éxito.
Una instructora de yoga de una localidad rionegrina acudió a la Justicia de Paz con el fin de solicitar que intervengan para solucionar un inconveniente que padece con una familia vecina.
El reclamo fue dirigido concretamente a los niños de la vivienda lindante a la suya, quienes juegan al fútbol y si bien es en su patio, le causan ruidos molestos. Sostuvo que el bochinche de los niños “obstaculiza” las clases que dicta en su casa, como también sus propias prácticas de la disciplina, que entre sus pilares requiere concentración y una atmosfera de serenidad.
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La representación fue realizada semanas atrás en el despacho judicial de El Bolsón. La mujer pidió concretamente que “al menos” entre las 14 y las 17 “todos los días los chicos no salgan a jugar al patio y el resto del tiempo si lo hacen, que no sean con gritos excesivos”.
Aclaró que ya hubo un intento por acercar posiciones en una instancia de mediación en la que no se llegó a un acuerdo, mientras que también presentó una denuncia en el Juzgado de Faltas Municipal, que resolvió en forma contraria a sus reclamos.
"Hostigados y peseguidos"
La familia responsabilizada por los disgustos denunciados por la profesora fue convocada a una audiencia para que brinden su versión y ejerzan su defensa. Según manifestaron, se consideran “hostigados y perseguidos” por la vecina debido a las “reiteradas presentaciones que hizo en distintos organismos”.
Recordaron la vez que le ofrecieron la vecina en una instancia de mediación los horarios que los chicos tienen actividades fuera de la casa, agregando que si hubiera algún horario puntual que ella necesitara “se ofrecían a garantizar que no hubiera ruidos”.
Pero además agregaron otro dato: las características constructivas de su vivienda “no contribuyen a la amortiguación de los sonidos, sino que por el contrario los amplifican”.
La propuesta para reeditar aquel acuerdo fue rechazada por la denunciante, al enfatizar que “era un nuevo intento de imposición por parte de sus vecinos, igual al de la mediación”.
Ante la postura inflexible de las partes y la imposibilidad de alcanzar puntos de consenso, el juez de Paz Marcelo Muscillo procedió a estudiar el caso para dictar una resolución. En su análisis consideró, por una parte, lo manifestado por la denunciante y la “afectación de la “tranquilidad”.
“No hay motivos para no creer lo que la Sra. informado, por lo cual entiendo correcto dar por cierto que el juego de los niños de la casa vecina generan algún tipo de impacto y de molestias en sus actividades”, reconoció el magistrado.
Sin embargo, el magistrado aclaró que la discusión no se agotaba allí, sino que había que observar la otra parte, puntualmente “las características de las acciones que realizan, su legalidad y razonabilidad”.
Reclamo desproporcionado
En ese punto, expresó que “flaquea la pretensión” de la instructora, dado que “lo que describe del otro lado del cerco no es más que el juego de niños en el patio de su propia casa”.
“Claramente no se trata de una actividad ilegal. No sólo ocurre que las leyes no prohíben esta actividad infantil sino que además -a la luz de un enorme cúmulo de opiniones de especialistas respecto de la actividad de las niñas y niños en estas épocas de sobreexposición a las pantallas de TV, computadoras, tablets, celulares, videojuegos, etc. la misma aparece como sumamente deseable”, enfatizó Muscillo.
El juez profundizó aún más su postura al sostener que “debe tenerse en cuenta además que el despliegue denunciado por la actora no deja de ser la actividad cotidiana, propia de la vida de una familia en la que viven niñas y niños” y resaltó en ese sentido que “toda su queja se refirió al ruido proveniente de los juegos y no a alguna otra acción que no sea esa”.
Como conclusión, acotó que “entiendo desproporcionado y ajeno a toda razonabilidad que el sistema judicial se dedique a perseguir a una familia cuyos niños juegan en el patio”.
Propuesta de solución
No obstante, aclaró que dado que un principio constitucional sostiene que “nadie puede ser obligado a hacer lo que la ley no manda, ni privado de lo que no prohíbe”, admitió que “es necesario buscar soluciones alternativas, pues una resolución judicial no puede hacer lugar de modo imperativo al reclamo de la actora”.
Evaluó que solo quedan dos alternativas: alcanzar un acuerdo entre las partes con pautas de convivencia vecinal, como las propuestas en el trámite de mediación que no tuvo éxito o lograr la “insonorización” de la vivienda de la demandante, aunque eso depende de su sola voluntad, y no aparece contemplado en el expediente.
Por lo tanto, se debe encontrar otra opción que no sea “dictar las prohibiciones” que la profesora de yoga pide, requerimiento que desestimó en la resolución.
En tanto, les solicitó a ambas partes “continuar con el esfuerzo que permitan llegar a acuerdos razonables de convivencia vecinal” y les indicó que pueden recurrir al Juzgado de Paz o las demás alternativas institucionales disponibles.
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