Pirotecnia: archivaron denuncias penales contra Aníbal Tortoriello
Proteccionistas lo habían acusado por el estado de la perrera y el uso de fuegos artificiales.
El fiscal Guillermo Merlo dispuso el archivo de dos presentaciones efectuadas por proteccionistas contra la anterior administración municipal, una por la compleja situación de la guardería canina de la Isla Jordán y la otra por no haberse aplicado efectivamente la ordenanza que limita el uso de la pirotecnia, con lo que resultaron damnificados no solo los perros y otras mascotas sino el conjunto de la sociedad.
Merlo integra la Unidad Fiscal Temática 3, que está a cargo de los delitos que pudieran cometer funcionarios públicos o en los cuales el Estado resultare damnificado.
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En su carácter, ayer notificó a María Acosta, referente de las voluntarias del refugio animal, de que decidió pasar a archivo las actuaciones contra el Municipio por una supuesta infracción de la ley nacional 14.346 de protección animal, iniciadas en 2018. Este expediente se abrió por las cuestionadas condiciones que existían, y que existen hasta hoy, en el refugio canino.
Al presente, en el lugar hay alojados alrededor de 500 perros, en un estado que, según muchos testimonios, linda con el abandono.
El fiscal Merlo también le hizo conocer a Acosta que mandó a archivo su denuncia de 2018 contra el ex intendente Aníbal Tortoriello, por un presunto incumplimiento de los deberes de funcionario público. Esta causa ya había sido rechazada en 2019. Acosta recurrió el fallo, que ahora volvió a ser descartado.
La dirigente había criticado al ex jefe comunal porque en las fiestas de fin de año de 2018 se vendió y utilizó pirotecnia ruidosa, lo que está prohibido por la normativa local. Las estampidas de cohetes y petardos fueron muy comentadas en esa temporada, afectando a perros y gatos y, por supuesto, a las personas.
En ambas resoluciones se explica que el rechazo se produce por aplicación del artículo 128, inciso 4, del Código Procesal Penal de Río Negro, en el cual se indica que se debe enviar a archivo “si no se ha podido individualizar al autor o partícipe o si es manifiesta la imposibilidad de reunir información o no se puede proceder”. Además, se le hace conocer a la proteccionista que, conforme al artículo 129 del Código, “podrá elevar la causa en consulta al fiscal jefe dentro de los tres días de notificada”.
A las voluntarias, los fallos de la fiscalía les causaron un profundo desagrado porque consideran “pésimo” el estado del refugio y porque, para ellas, fue evidente que la ordenanza de la pirotecnia no se cumplió.
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