Las escrituras del IPPV, con perspectiva de género
Según informaron desde el organismo provincial, esto se debe a la implementación de una nueva resolución.
A través de una nueva resolución, ahora el Instituto de Planificación y Promoción de la Vivienda de Río Negro (IPPV) implementó la posibilidad de escriturar una vivienda en favor de uno sólo de los cónyuges o convivientes, posibilitando que cualquiera de las partes pueda renunciar al 50% del inmueble, lo cual en el pasado beneficiaba al hombre con la adjudicación del 100% del bien.
Según explicaron, con esta medida (la resolución Nº 1646/22), se modificó la vieja normativa y de ahora en más, se podrá escriturar la vivienda en favor de uno sólo de los cónyuges o convivientes, si previamente tuvo lugar un proceso de mediación judicial gratuita -o privada- en el que se haya arribado a un acuerdo de división de bienes, el cual aclare que la parte que deje de habitar la vivienda reciba una compensación del 50% de la vivienda que resigna, computado a valor de mercado actualizado.
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De no ser posible el acuerdo de mediación prejudicial, la escrituración de la vivienda adjudicada se efectuará a nombre de uno sólo de los cónyuges o convivientes. En el caso de no existir mediación prejudicial ni sentencia alguna, y siempre que sea posible, la vivienda será escriturada a nombre de ambos.
La nueva resolución implementada también modificó otro punto importante, ya que, de ahora en más, los varones que quieran ingresar a un plan de viviendas del IPPV deberán presentar un certificado que acredite que no están en mora por adeudar prestación alimentaria.
Por último, también se indica que no se aceptará el ingreso a una vivienda en el caso de parejas cónyuges o convivientes que se encuentren en proceso de separación y con antecedentes de violencia de género. En este caso, la adjudicación si bien puede ser en conjunto como medida de discriminación positiva en favor de un colectivo históricamente vulnerable, sólo se permitirá habitar la vivienda a la mujer.
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