Un vecino de Cipolletti compró un celular pero le cobraron ocho
Un vecino de Cipolletti fue víctima de cobros indebidos tras comprar un teléfono por internet. La Justicia responsabilizó a un banco y ordenó una indemnización.
Lo que comenzó como una simple compra virtual terminó en una odisea judicial para un vecino de Cipolletti. El hombre adquirió un teléfono móvil a través de una tienda online, pero su resumen de cuenta reflejó ocho compras en cuotas, cuando en realidad había recibido solo un equipo.
El cliente utilizó una tarjeta Visa Platinum emitida por el banco BBVA para concretar la operación. Sin embargo, enfrentó varios rechazos de la plataforma de pago, lo que lo obligó a intentar reiteradamente la transacción. Finalmente, logró completar una sola compra, pero semanas más tarde descubrió en su cuenta bancaria el descuento de ocho operaciones.
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La situación lo llevó a iniciar reclamos formales ante el banco y la empresa emisora de tarjetas de crédito, Prisma Medios de Pago S.A.U., pero no obtuvo respuestas satisfactorias. Ante la continuidad de los cobros indebidos mes a mes, el afectado optó por acudir a la Agencia de Recaudación Tributaria de Río Negro, que también tiene competencia en materia de Defensa del Consumidor.
Sanción administrativa y devolución del dinero
Tras analizar el caso, la Agencia sancionó tanto al Banco como a Prisma, y ordenó la devolución del dinero mal descontado. A pesar de que ambas compañías interpusieron recursos para evitar la sanción, estos fueron rechazados, confirmando así la validez del reclamo del consumidor.
No conforme con la resolución administrativa, el cliente decidió avanzar por la vía judicial y presentó una demanda en el fuero Civil de Cipolletti. En ella solicitó una indemnización por daño moral, además de una multa civil conocida como daño punitivo, argumentando que las empresas habían actuado con negligencia y abusaron de su posición dominante.
Fallo ejemplar contra prácticas abusivas
El fallo judicial estableció que tanto el banco como la empresa de pagos fueron considerados responsables solidarios por los descuentos injustificados. El tribunal consideró que las compañías no solo ejecutaron cobros erróneos, sino que además prolongaron innecesariamente la situación al no brindar una solución oportuna, afectando emocional y económicamente al cliente.
En consecuencia, el juez impuso a ambas firmas el pago de una suma por daño moral y otra en concepto de multa civil. También ordenó que se actualicen los intereses correspondientes sobre el monto inicialmente mal cobrado, desde la fecha en que la Agencia dictó su resolución hasta el momento en que efectivamente se realice el pago.
El caso deja un precedente significativo en defensa de los derechos del consumidor en el ámbito digital, donde las compras en línea y los pagos electrónicos se han vuelto moneda corriente. La Justicia puso el foco en la responsabilidad de las entidades financieras y de servicios de pago, recordando que no solo deben garantizar la seguridad de las transacciones, sino también responder eficazmente ante errores o abusos.
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