La Justicia le quitó los derechos a un padre condenado por abuso sexual
Una joven pidió dejar de llevar el apellido de su padre abusador, fue escuchada y la Justicia le quitó todos los derechos al hombre.
En un fallo reciente del fuero de Familia en Cipolletti, una jueza resolvió privar de la responsabilidad parental a un hombre condenado penalmente por abusos sexuales a su propia hija. La medida implica que el progenitor perdió todos los derechos sobre la crianza de la adolescente, quien también dejó de llevar su apellido.
La decisión de la Justicia fue fundamentada en el interés superior de la menor, tras una sentencia penal firme y la expresa voluntad de la joven.
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El caso penal se resolvió el 27 de abril de 2023, cuando un tribunal de la Cuarta Circunscripción Judicial de Río Negro condenó al acusado a nueve años de prisión por el delito de abuso sexual agravado. La condena fue apelada, pero el 28 de mayo de 2024 la Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó el recurso presentado por la defensa. De esta manera, la sentencia quedó firme. Actualmente, el hombre cumple su pena en el Establecimiento de Ejecución Penal N° 5.
En paralelo al proceso penal, la madre de la adolescente inició un expediente en el fuero de Familia. Solicitó que se privara al padre de la responsabilidad parental, que se eliminara el apellido paterno de los registros de la joven y que se le autorizara de forma exclusiva para decidir sobre posibles viajes al exterior. El pedido se basó en el artículo 700 inciso a) del Código Civil y Comercial de la Nación, que permite adoptar estas medidas cuando uno de los progenitores ha sido condenado por un delito doloso contra su propio hijo o hija.
Un pedido de la víctima de abusos sexuales
Durante la audiencia, la adolescente participó activamente y expresó con claridad su deseo de dejar de llevar el apellido de su padre. Explicó que ese nombre le generaba “angustia y malestar”, y que se identificaba plenamente con el apellido de su madre, el mismo que utiliza cotidianamente en su entorno escolar y personal. Su testimonio fue acompañado por declaraciones de docentes y compañeros, además de informes elaborados por la institución educativa a la que asiste.
La jueza a cargo del caso valoró especialmente la participación de la menor y aplicó el principio del interés superior del niño, eje rector en materia de niñez y adolescencia. Asimismo, tomó en cuenta el respaldo de la Defensora de Menores, quien intervino en el expediente y apoyó el pedido de la madre. La defensora consideró que la voluntad de la joven estaba claramente expresada y bien fundamentada.
La sentencia judicial otorgó en forma exclusiva a la madre el ejercicio de la responsabilidad parental y autorizó a la adolescente a viajar fuera del país junto a ella, o con la persona que designe, hasta que cumpla la mayoría de edad. También ordenó suprimir el apellido paterno de todos los registros oficiales, lo que marca un paso más en el proceso de reparación personal y simbólica para la joven.
El caso sienta un precedente importante en la región, al aplicar con contundencia los mecanismos legales que protegen a niñas, niños y adolescentes víctimas de violencia sexual intrafamiliar. También resalta la importancia de escuchar y respetar la voz de las víctimas en los procesos judiciales que las involucran.
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