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Quieren derogar la tasa de abasto que cobra el Municipio

A instancias de la oposición del Concejo Deliberante, se tratará una iniciativa para eliminar el tributo que se aplica por la introducción de mercadería.

Un proyecto de ordenanza para la derogación de la tasa de abasto que cobra el Municipio por la introducción de alimentos y bebidas fue presentado para su tratamiento en el Concejo Deliberante por el edil opositor Carlos Martínez Larrea.

La iniciativa procura que la comuna no sea objeto de juicios y fallos adversos debido a lo inconstitucional del tributo, lo que ya consta en abundante jurisprudencia nacional y provincial.

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Además, Martínez Larrea, al comentar su iniciativa, expresó que en el país se deben eliminar muchos impuestos que, como la cuestionada tasa, afectan la economía y encarecen más los productos que consume la población.

“Si se quitan impuestos, los productos bajarán de precio. No de un día para otro, por supuesto, pero lo cierto es que si hay menos impuestos los precios van a bajar”, manifestó el concejal de Juntos por el Cambio.

En el proyecto, se recuerda que con fecha del 11 de agosto pasado el Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Río Negro declaró la inconstitucionalidad de una tasa similar a la cipoleña que se cobra en General Roca.

La tasa roquense se aplica por abasto y/o inspección veterinaria a productos perecederos de origen animal o vegetal que se introduzcan desde otras jurisdicciones para consumo por la población.

“Para fundamentar su decisión el STJ citó pronunciamientos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) sobre la temática, en los que se puso en tela de juicio la constitucionalidad de tasas de similares características previstas en normas provinciales y municipales”, se indica en el texto.

Se pone de relieve, además, que el máximo tribunal provincial “aplicando el control de constitucionalidad, concluyó que las actividades que ejecuta” el municipio roquense “durante el tránsito interjurisdiccional de los bienes” alcanzados por su tasa “exceden el control en bocas de expendio encomendado por la normativa federal a las autoridades sanitarias municipales en el marco del Sistema Nacional de Control de Alimentos”.

En la iniciativa, se afirma que “sostener la aplicación en el ámbito local de un tributo cuya inconstitucionalidad ha sido declarada tanto por la CSJN como por el STJ, expone a la Municipalidad a eventuales perjuicios, ya que el criterio o doctrina de los tribunales mencionados resultaría aplicable”.

En consecuencia, “encontrándose vigente la tasa de abasto en el ejido de Cipolletti, resulta necesario y urgente modificar la normativa a fin de derogar dicho tributo, cuya obligatoriedad y efectiva aplicación expone a la Municipalidad a eventuales reclamos judiciales” y, por ende, “a graves perjuicios económicos”.

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