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Bariloche tiene luz verde para pasar a la fase de distanciamiento social

Lo estableció el reciente decreto firmado por Alberto Fernández que extiende la cuarentena obligatoria hasta el 17 de julio. Ahora el municipio deberá reglamentar las nuevas disposiciones que ofrece una región con DISPO.

El presidente Alberto Fernández oficializó la extensión de la cuarentena en todo el país hasta el 17 de julio, como medida de prevención frente a la COVID-19, aunque Bariloche logró ingresar entre las localidades bajo el régimen de Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio (DISPO).

El anuncio se realizó el pasado viernes en una conferencia desde la Quinta de Olivos, en la que el Jefe de Estado endureció las medidas de aislamiento en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA). Ese episodio incluyó, a su vez, el cierre de comercios y actividades no esenciales, además de restricciones en el uso del transporte público para disminuir la circulación de personas.

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Sin embargo, el decreto 576/2020 incorpora un punto a favor de Bariloche en su articulado. Es que todos los departamentos de Río Negro, a excepción de General Roca, pasarán a la fase de Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio, según los análisis realizados por el equipo de especialistas con el que cuenta el Presidente de la Nación.

Para ello, la provincia tuvo que validar los parámetros que establece el gobierno nacional. Entre ellos se menciona que el sistema de salud debe contar con “capacidad adecuada” para dar respuesta, las ciudades dentro del departamento no deben tener “transmisión comunitaria” sostenida de coronavirus, y el tiempo de duplicación de casos confirmados no debe ser inferior a los 15 días.

A partir de este lunes (29/6) los rionegrinos podrán circular únicamente entre las ciudades que incluya cada departamento, aunque deberán portar el Certificado Único Habilitante para Circulación que otorga el gobierno.

También se indica que las autoridades provinciales podrán dictar normas reglamentarias para limitar la circulación por horarios o por zonas, con el fin de evitar la propagación del virus, y que los gobernadores tendrán facultades para disponer el aislamiento preventivo respecto de personas que ingresen de otras jurisdicciones, previa intervención de la autoridad sanitaria provincial y por un plazo máximo de 14 días.

Durante la vigencia del Distanciamiento Social “las personas deberán mantener entre ellas una distancia mínima de dos metros, utilizar tapabocas en espacios compartidos, higienizarse asiduamente las manos, toser en el pliegue del codo, desinfectar las superficies, ventilar los ambientes y dar estricto cumplimiento a los protocolos de actividades y a las recomendaciones e instrucciones de las autoridades sanitarias provinciales y nacional”.

En cuanto a las actividades económicas permitidas, el decreto menciona la obligatoriedad de contar con un protocolo de funcionamiento aprobado por el Ministerio de Salud de Río Negro, que contemple las indicaciones brindadas por Nación, y que se restrinja el uso del espacio hasta un máximo del 50% de su capacidad.

En otro punto se sugieren normas para la práctica de actividades deportivas, artísticas y sociales, aunque detallando que la concurrencia no podrá superar las 10 personas. De esta manera, serán la autoridades locales quienes dispongan el momento de ampliar hacia esta modalidad en la que se sugiere una densidad de ocupación de espacios cerrados a “una persona cada 2,25 metros cuadrados de espacio circulable, pudiéndose utilizar para ello la modalidad de reserva del espacio o de turnos prefijados”.

A pesar de haber logrado pasar a una nueva fase de la cuarentena, se mantienen algunas prohibiciones en cuanto a la realización de eventos en espacios públicos o privados, sociales, culturales, recreativos, religiosos con concurrencia mayor a 10 personas.

Lo mismo ocurre con la práctica de cualquier deporte en el que participen más de 10 personas o que no permita mantener el distanciamiento mínimo de dos metros entre cada una. Tampoco se encuentran habilitadas las actividades que ofrecen cines, teatros, clubes o centros culturales, ni el turismo.

En cuanto al servicio público de transporte, se encuentran prohibidos los servicios interurbanos, interjurisdiccionales e internacionales, salvo para aquellos casos en los que los trabajadores formen parte de las actividades y servicios esenciales.

FUENTE: Bariloche2000

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