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Tenía condenas previas, violó varias veces el aislamiento e irá preso seis meses

El Ministerio Público le imputó dos hechos ya que, en plena cuarentena, el hombre fue interceptado en la calle sin permiso para circular ni declaración jurada que acreditara su condición de personal esencial.

Un hombre oriundo de Catriel enfrentó un juicio en Cipolletti por el delito de violación del aislamiento social, preventivo y obligatorio decretado por la pandemia de Covid-19. Como tenía antecedentes deberá cumplir seis meses de prisión efectiva.

La sentencia, del 5 de marzo, receptó el acuerdo entre la fiscalía y la defensa particular del condenado. El Ministerio Público le imputó dos hechos ya que, en plena cuarentena, el hombre fue interceptado en la calle sin permiso para circular ni declaración jurada que acreditara su condición de personal esencial.

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La primera vez fue el 25 de abril de 2020 a la tarde. En ese contexto, el acusado estaba reunido con dos amigos frente a la estación de servicios de Catriel, en avenida Mosconi casi Canadá. La Policía llegó por un llamado telefónico.

La segunda ocurrió el 13 de mayo a la noche, cuando el mismo sujeto circulaba en una camioneta por las calles Arabia y Buenos Aires de Catriel. Tampoco llevaba consigo el certificado único habilitante.

En el juicio, la fiscalía sostuvo que el acusado no estaba comprendido entre las personas exceptuadas del cumplimiento del aislamiento obligatorio ni pudo justificar causa de fuerza mayor.

La fiscalía investiga dos robos. El primero ocurrió en la casa de un matrimonio de ancianos y fue muy violento.
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Por ello quedó acreditado que violó las medidas adoptadas por las autoridades competentes del Poder Ejecutivo Nacional para impedir la propagación de la epidemia de coronavirus COVID-19 mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia 297/2020 y sus prórrogas 325-20, 355-20, 408- 20 y 459-20, los cuales establecieron desde el 20 de marzo al 24 de mayo del corriente año para todas las personas que habitan en el país o se encuentren en él en forma temporaria, la medida de “aislamiento social, preventivo y obligatorio” en los domicilios y que “las personas en aislamiento obligatorio solo podrán realizar desplazamientos mínimos e indispensables para aprovisionarse de artículos de limpieza, medicamentos y alimentos”.

En función de la prueba incorporada a los legajos y del acuerdo de partes, el juez de juicio que intervino dictó seis meses de cumplimiento efectivo de pena ya que el acusado tenía antecedentes penales.

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