El magistrado enmarcó también la conducta en un caso de violencia de género económica ejercida por parte del padre hacia la madre del niño, entendida como una serie de mecanismos de control y vigilancia sobre el comportamiento de las mujeres en su relación con el uso y la distribución del dinero, junto con la amenaza constante de no proveer recursos económicos.
“Considero que la misma estriba en el hecho de que en nuestra sociedad las tareas de cuidado que realizan las mujeres son invisibilizadas, naturalizándose la visión de la mujer como proveedora de cuidado, como si fuera ésta una asignación de tipo biológica. Pareciera que si ella es la que gesta en su vientre y la que amamanta, ella es la que debe cuidar de sus hijos y satisfacer sus necesidades una vez que estos quedan a su cuidado”, manifestó el juez.
Por ello, consideró que “corresponde, por ende, adoptar medidas para remover dicha relación de poder en la cual se asienta la cuestión de fondo aquí planteada, y que se exterioriza a través del incumplimiento alimentario”, remarcó el juez en su sentencia, que todavía no está firme porque puede ser apelada por las partes.
El magistrado consideró que el padre conformó un nuevo grupo familiar con otra hija, “respecto de la cual, presumo, satisface sí sus necesidades como las suyas propias”, no trabaja en relación de dependencia “no es propietario de bienes y no se advierte la posibilidad de disponer de otro tipo de medidas para compelerlo al pago”. “Por ello, estableceré un plazo dentro del cual el demandado deberá cancelar la deuda bajo apercibimiento de ordenar su arresto, el que se efectivizará en la comisaría desde las 13 de los días sábados hasta las 6 del día lunes posterior”, especificó Benatti.
Debido a que el fallo no está firme, el acusado continuará en libertad si su abogado apela la medida.
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