Médica trucha: ratificaron la tobillera electrónica y la defensa denunció "avasallamiento"
La revisión de medidas cautelares de Fernanda Marzano estableció que seguirá en libertad pero bajo control electrónico y con inhibición de bienes.
La investigación de la falsa medica, Mariela Fernanda Marzano por el presunto ejercicio ilegal de la medicina sumó un nuevo capítulo en una audiencia de revisión en los Tribunales de General Roca. El juez de garantías Oscar Gatti ratificó el uso de la tobillera electrónica y la inhibición de bienes tras rechazar los planteos de la defensa.
El caso de Marzano surgió tras presentar documentación presuntamente falsa para obtener la matrícula y ejercer la medicina en diferentes clínicas y hospitales de Río Negro.
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Los abogados Iribarren y Pineda, defensores de Marzano habían solicitado que se levanten las medidas cautelares impuestas por la Justicia. Argumentaron que las resoluciones cautelares fueron impuestas por una causa “puramente mediática”.
Los abogados defensores cuestionaron las medidas cautelares
“No puedo controvertir algo que no conozco, donde no se le ha acreditado nada. Además, las medidas cautelares se transforman en un anticipo de pena”, indicó Pineda.
El magistrado explicó que no existen medidas menos gravosas que permitan garantizar la finalización del proceso judicial. Incluso, descartó que se trate de restricciones arbitrarias, como plantearon los abogados defensores.
Oscar Pineda cuestionó con dureza la decisión del juez de ratificar el uso de la tobillera electrónica y la inhibición de bienes. “Es un claro avasallamiento sobre las autonomías de las provincias. Las leyes procesales las dictan las provincias” indicó Pineda.
La defensa denunció un avasallamiento
En ese sentido, el abogado defensor cuestionó: “Si los propios operadores judiciales de la provincia aplican normas nacionales, el federalismo evidentemente no existe”.
Desde el lado del Ministerio Público Fiscal, Celeste Benatti se opuso al planteo de la defensa y solicitó que se mantengan las medidas cautelares, al considerarlas como necesarias para resguardar la investigación en curso. “Son medidas razonables y proporcionales”, indicó Benatti durante la audiencia.
En la misma línea, el juez adhirió a la postura de la Fiscalía y remarcó que las medidas cautelares no requieren certeza, sino verosimilitud. Recordó que existe un proceso en trámite con múltiples delitos en análisis, lo que justifica la continuidad de las restricciones.
La inhibición general de bienes: el centro de los cuestionamientos
Pineda también criticó la extensión de la inhibición general de bienes, al considerarla una medida basada en suposiciones. “Si no saben qué bienes tiene, no se puede disponer una medida sobre una base que no está determinada. Además no sabemos cómo ocurrió el hecho, en tiempo, modo y lugar”, agregó.
La medica cautelar de inhibición de bienes tiene como objetivo restringir el acceso a los fondos económicos que permitan la planificación de una fuga, contratar servicios para amenazar, hostigar y dificultar la declaración de testigos de la causa y la consecuente entorpecimiento de la investigación.
“Se trata de una medida válida desde el inicio del proceso y necesaria para evitar que se consolide el provecho del delito o se dispongan bienes que podrían estar vinculados a la investigación”, explicó Gatti.
También, descartó el argumento de arraigo como garantía suficiente para que la acusada permanezca en la provincia durante el proceso judicial. “Tener arraigo no implica que no pueda intentar fugarse”, agregó el juez.
De esta manera, el fallo confirmó las medidas cautelares que habían sido dispuestas en primera instancia por la jueza de garantías Natalia González. El argumento de Gatti fue que la defensa no logró demostrar la arbitrariedad de las medidas.
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